“No se realizan abortos, pero se los acompaña”

El gobierno aprobó el decreto que reglamenta la Ley de Salud Sexual y Reproductiva. Esto significa que todos los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud deberán tener “obligatoriamente” un equipo multidisciplinario que se encargue de brindar asesoramiento en temas como los embarazos no deseados y acompañarlos en su desarrollo, entre otros. “Una mujer en situación de embarazo no deseado no deja de ser una ciudadana”, dijo a 180 el director de Programación Estratégica del MSP, Leonel Briozzo.

Actualizado: 27 de setiembre de 2010 —  Por: Emiliano Zecca

“No se realizan abortos, pero se los acompaña”

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Según un borrador del decreto al que tuvo acceso 180, se establece que “los prestadores que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud deberán contar con servicios de salud sexual y reproductiva de acceso universal y garantizar la integralidad, oportunidad, calidad, confidencialidad y privacidad de las prestaciones correspondientes”.

Briozzo explicó que antes esto era “muy informal”, porque en algunas instituciones había "profesionales comprometidos y formados” en la materia, pero en otros establecimientos se negaban a llevar a la práctica los servicios de salud sexual y reproductiva. “Ahora con la reglamentación será obligatorio”, dijo.

El decreto establece que “cada prestador deberá contar con un equipo de referencia multidisciplinario, que tendrá la siguiente integración mínima: ginecólogo/a, obstetra/partera y psicólogo/a, pudiendo convocar a otros profesionales cuando lo demanden los problemas a abordar”.

El artículo tres del decreto aprobado “contempla a mujeres, varones y trans como usuarios y no sólo acompañantes de las personas con quienes se relacionen sexualmente”. Briozzo señaló que esto abarca la “planificación familiar y de anticoncepción; violencia doméstica y sexual; control de embarazo de alto riesgo, sexualidad placentera; y asesoramiento en los casos de embarazo no deseado y seguimiento de los mismos”.

Los abortos se deberán acompañar

El artículo seis del decreto obliga a las prestadoras a “asesorar a mujeres frente al aborto provocado en condiciones de riesgo, observando lo dispuesto en la Ordenanza del Ministerio de Salud Pública número 369/004 del 6 de agosto de 2004”.

El director de Programación Estratégica del MSP dijo a 180 que Uruguay es el único país que tiene una “ley anacrónica” con respecto al aborto, pero a su vez tiene la “ley 18.426 que es revolucionaria, porque una mujer con un embarazo no deseado no deja de ser una ciudadana sujeta de derechos”. “Esto es un paso adelante en la concreción de derechos de mujeres y hombres. Creemos que no se puede tapar el sol con un dedo”, sostuvo.

Briozzo explicó que una mujer en situación de embarazo no deseado consulta al médico y se le dan posibilidades de acción para que tome su resolución de manera “libre e informada”. “Es un modelo de salud novedoso, que ha comprobado que disminuyen las muertes por abortos en condiciones de riesgo”.

Según dijo Briozzo, la mujer recibe la información sobre la manera de menor riesgo para hacerse un aborto, que en determinadas circunstancias es con el uso de un fármaco llamado Misoprostol. “La idea central que tiene esta ley es que a la ciudadana que tiene un embarazo y no quiere continuar con él, el MSP en vez de cerrar la puerta la controla de manera adecuada. No se le realiza el aborto, pero sí se la acompaña”, expresó.

Por otra parte, la senadora Mónica Xavier presentó este lunes en el Parlamento un proyecto de ley para despenalizar el aborto. Esa despenalización estaba contenida en el proyecto original de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y fue aprobada por el Parlamento. Luego, el presidente Tabaré Vázquez vetó ese capítulo.

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