Teniendo en cuenta las deducciones, con estos nuevos valores, por ejemplo, un trabajador sin hijos y con un sueldo nominal no pagará Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta los 21.056 pesos. Si tiene un hijo, no pagará IRPF hasta los 24.170 pesos. Con dos hijos, no aportará por este concepto hasta los 26.108 pesos; hasta los 26.738 pesos si tiene dos hijos y un cónyuge o concubino sin actividad; hasta los 29.193 pesos con tres hijos.
En todos los casos se considera los hijos menores de 18 años. En caso que el hijo sea discapacitado no importa la edad que tenga.
En el caso que el trabajador tenga un hijo discapacitado no tributará IRPF hasta los 26.108 pesos. Si son dos los hijos discapacitados, la no imposición alcanzará a los 32.278 pesos.
En el caso de los pasivos, sobre los que se cobra el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), no tributarán hasta los 19.340 pesos.
Por ahora, el mínimo no imponible es hasta siete BPC en el caso de los salarios y hasta ocho BPC en el caso de los pasividades. Las franjas progresionales de aporte del IRPF pasaron, entonces, a ser de 0% hasta 16.919 pesos, de 10% entre los 16.919 y los 24.170; de 15% entre los 24.170 y los 36.255; de 20% entre 36.255 y 120.850; de 22% entre 120.850 y 181.275; y de 25% entre 181.275 y 277.955 pesos. Por encima de esa cifra, se paga el 30%.