Estas pensiones forman parte de la ley 19.039 aprobada en diciembre de 2012 en el Parlamento y puesta en vigencia por el Poder Ejecutivo en enero de este año.
La implementación de la ley y el otorgamiento de las primeras pensiones fue un desafío más complicado de lo que se esperaba, ya que después de la reglamentación de la ley, el BPS tuvo que impulsar la creación de una Comisión Especial Asesora con integrantes del Poder Judicial, el Ministerio del Interior y el propio BPS para estudiar caso a caso las solicitudes recibidas y comenzar a otorgar lentamente las pensiones en los casos considerados pertinentes
Ernesto Murro dijo que se están “promoviendo cambios a los efectos de ampliar los beneficiarios en aquellos casos que corresponda”. “Recuerdo que el BPS fue de los promotores de que esta ley fuera una pensión de seguridad social y no un seguro mercantil”, señaló el jerarca.
Hasta el momento el BPS recibió más de 160 solicitudes de ciudadanos que pidieron acceder a esta pensión y en tres semanas de trabajo la Comisión aprobó 11 y rechazó 13.
La ley establece que la pensión es de 6 BPC (15.588 pesos) por mes y pueden acceder las personas que a causa de un delito violento resulten incapacitadas o, en caso de muerte, su cónyuge, concubina, hijos menores de edad o hijos absolutamente incapacitados para todo trabajo independientemente de su edad.
Pero la ley no refiere a todos los delitos violentos sino que define específicamente cuáles delitos quedan comprendidos en esta prestación: es en caso de homicidio o lesiones con consecuencia de incapacidad total en el contexto de rapiña, copamiento o secuestro.
Definir a quién le corresponde la pensión y a quién no trajo complicaciones, por lo que se comenzó a entregar pensiones provisorias en situaciones que se juzgan evidentes. En esos casos Murro confirmó que se comienza a pagar la pensión a pesar de que se queda a la espera de la certificación definitiva del caso
Las dificultades de las víctimas para probar la situación y las del BPS para asegurarse de que está dando la prestación de forma adecuada implica casos en los que no se presentan documentos judiciales y sólo cuentan con comprobantes policiales, o algunos en casos donde la Justicia ya se expidió y otros donde la policía todavía no pudo encontrar a los responsables del delito.
Murro dijo que esta situación llevó a aumentar la “flexibilidad” con la que se aborda el estudio de los casos y el otorgamiento de las pensiones y se está planteando ampliar la ley para que incluya los casos de homicidio con hurto.
El jerarca destacó el trabajo de la comisión y a quienes fueron enviados por el Ministerio del Interior y el Poder Judicial para integrarse a ese ámbito de trabajo. En esa Comisión, que se reúne los lunes, es donde se están estudiando, evaluando y aconsejando la aprobación o el rechazo de las pensiones.
Un problema que explica en gran medida las dificultades para otorgar la pensión en las condiciones que establece la ley es que la Justicia en Uruguay funciona enfocada en el delincuente y tiene muy poca consideración del rol de la víctima.
Es por eso que hoy si una persona es asesinada en una rapiña y no hay ninguna duda sobre esa situación, pero no aparece el responsable de ese delito, la ley, tal cual está planteada hoy, no reconoce la existencia de una víctima. Por lo tanto, en ese tipo de casos hay dificultades para otorgar la pensión aunque sea muy claro que corresponde.
“Aprendí esto hace un mes, y lo digo en términos comunes: en Uruguay, de acuerdo a la teoría jurídica, no hay delito si no hay delincuente”, dijo Murro.
La ley reconoce el derecho a la pensión a las víctimas de casos ocurridos hasta diez años antes de su entrada en vigencia. De todas formas, esta posibilidad tiene un tiempo limitado hasta 6 meses después de que la ley fue promulgada, lo que implica que las personas que piensen que están en condiciones de reclamar la pensión deben hacerlo antes del 26 de julio, cuando se cumplirán 180 días de entrada en vigencia de la ley.
Las pensiones que son aprobadas se pagan desde el momento en que fueron reclamadas, por lo que en casi todos los casos hay algunos meses de retroactividad.