Fiscal Gómez defiende su actuación y considera que hubo delito

El fiscal del caso Pluna, Juan Gómez, cree que el Tribunal de Apelaciones le exigió un relato de los hechos que no correspondía a esta altura del proceso penal contra el ex presidente del Banco República (BROU), Fernando Calloia. Gómez sostuvo que no atribuye ninguna intención espuria al ex presidente del BROU, pero aún considera que existió delito y por eso presentará un recurso de casación.

Actualizado: 16 de octubre de 2014 —  Por: Emiliano Zecca

Fiscal Gómez defiende su actuación y considera que hubo delito

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El Tribunal de Apelaciones revocó el procesamiento por abuso de funciones de Calloia porque consideró que hubo incongruencia en el auto de procesamiento, ya que el fiscal vio una trama que la jueza no vio. Además, sostuvo que la actuación de Calloia “se apegó estrictamente” a la carta orgánica del BROU en el otorgamiento del aval a la empresa Cosmo. La decisión se tomó por dos votos contra uno.

Gómez dijo en entrevista con No toquen nada (Océano FM) que no atribuye ninguna intención espuria en la actitud del presidente del BROU, pero aún considera que existió delito y por eso presentará un recurso de casación contra el fallo del Tribunal de Apelaciones. Quien resolverá en esta última instancia será la Suprema Corte de Justicia.

"Respeto integral a la decisión de un tribunal, pero que desde luego no la comparto. Ese es el resumen de toda mi posición sobre el asunto, que va a ser objeto de un recurso de casación y el extremo respeto a todos los integrantes del sistema judicial y mucho más a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, por lo cual, estructuraré mi recurso y esperaré con prudencia el análisis del órgano supremo del Poder Judicial uruguayo", señaló.

El fiscal del Crimen Organizado marcó dos discrepancias con las decisión del Tribunal de Apelaciones.

Gómez emitió su solicitud de procesamiento para los directores de Leadgate y los actores públicos, el ex ministro Fernando Lorenzo y Calloia, en el mismo momento, diciembre de 2013.

Pero la defensa de Lorenzo presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el delito de abuso de funciones por el que se pedía el procesamiento. Eso finalmente fue desestimado y la jueza Adriana De los Santos procesó a los jerarcas el 4 de abril de 2014.

Cuando Gómez hizo su solicitud, realizó un relato pormenorizado con los hechos que consideraba de reproche penal y a grandes rasgos sostuvo que fue un otorgamiento irregular del aval. El fiscal destacó que existió un supuesto beneficio, ventaja o privilegio concedido a COSMO S.L. en perjuicio y en detrimento de otros hipotéticos competidores. Pero Gómez presentó esas justificaciones porque esa es su forma de trabajo. Lo hace en todos sus pedidos de enjuiciamiento para dar una garantía a la persona que es procesada.

La jueza hizo caso omiso de esto en su auto de procesamiento, porque aunque procesó a Calloia y Lorenzo por el delito de abuso de funciones que pidió el fiscal, tomó en cuenta otros motivos para fundamentar su decisión.

La defensa de Calloia argumentó que esta incongruencia dejó en situación de indefensión al ex presidente del BROU.

Esta es la primera discrepancia de Gómez con el Tribunal de Apelaciones. El fiscal considera que el principio de congruencia se le podría aplicar luego de que se desarrolla el juicio, donde el fiscal define cuáles son los hechos, presenta prueba y pide pena o sobreseimiento de los imputados.

"En este proceso considero que la decisión es anticipada, a mi juicio se adelantó el desarrollo del proceso. La etapa inicial requiere determinados requisitos que son los que prevé la ley vigente para el inicio del proceso penal es que existan elementos de convicción suficientes de un hecho con apariencia delictiva y la vinculación de las personas enjuiciadas con ese hecho. Yo creo que los dos elementos eran claros", expresó el fiscal.

El artículo 125 del Código del Proceso Penal sobre el Auto de procesamiento establece que para decretar el procesamiento es necesario "que conste la existencia de un hecho delictivo" y que "haya elementos de convicción suficientes para juzgar que el imputado tuvo participación en el delito".

Gómez considera que más allá de su relato en el visto fiscal, las dos condiciones para pedir el procesamiento se cumplían. "Una cosa es la prueba que se requiere para el inicio del proceso penal y otra muy distinta es la que se requiere para condenar. El procesamiento no supone más que el inicio de un proceso donde las partes tienen el derecho de presentar las pruebas que estimen. A mi juicio, de la lectura de la sentencia, se me exigía un relato de los hechos acabados, que no eran esa la estación procesal en que yo debía efectuarlo", afirmó.

El otro argumento que toma en cuenta el Tribunal de Apelaciones y que presenta la defensa de Calloia es que la actuación del ex presidente del BROU en el otorgamiento del aval a COSMO “se apegó estrictamente” a la carta orgánica del banco. Esto implica que el jerarca no cometió delito alguno.

El fiscal discrepa y aseguró que eso va a ser parte de su argumentación en el recurso de casación que piensa presentar. "Fui el primero en decir que no se atribuía ninguna intención espuria a las personas que fueron objeto de este pronunciamiento, y lo dije en el acierto o el error. Pero el hecho de que no atribuya la intención de procurarse un provecho indebido, a mí juicio, no quita que los actos cumplidos, con el otorgamiento de un aval millonario mediante simples llamadas telefónicas a último momento no pueda considerarse un abuso de funciones y un acto arbitrario con capacidad cierta de dañar a la administración. Es un delito de peligro y no requiere que necesariamente el daño se produzca", afirmó.

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“Soy penalmente inocente y eso me ha llenado de satisfacción”, dijo a No toquen nada Fernando Calloia tras la revocación de su procesamiento por abuso de funciones.

El ex presidente del BROU reconoció en entrevista con No toquen nada que el aval otorgado a Cosmo para el remate de aviones de Pluna se hizo sin “un análisis profundo” pero “valía la pena” porque “era un objetivo de interés nacional”.

Además, Calloia sostuvo que para él el caso fue “una experiencia terriblemente dolorosa”.