Fiscal del caso enfermeros aún cree que hay delito

El fiscal Gilberto Rodríguez, que pidió el procesamiento de los enfermeros procesados por 15 homicidios en el Hospital Maciel y en la Asociación Española, dijo que el caso, al menos, configura un delito de violencia privada. La jueza Dolores Sánchez absolvió a Marcelo Pereira y Ariel Acevedo porque consideró que no hubo delito penal alguno.

Actualizado: 04 de marzo de 2015 —  Por: Emiliano Zecca

Fiscal del caso enfermeros aún cree que hay delito

Javier Calvelo / adhocfotos (Todos los derechos reservados)

El fiscal Rodríguez dijo que la sentencia de Sánchez es seria, pero que eso no significa que esté de acuerdo.

La resolución de Sánchez tiene una fuerte justificación en las pericias de la Junta Médica forense que analizó los 15 casos y no encontró pruebas del homicidio. Además, da por válida la retractación de los enfermeros porque considera que declararon presionados y mal asesorados. 

El fiscal Rodríguez -que fue sustituido por Mónica Ferrero- pidió la condena de ambos en 2013 por homicidio muy especialmente agravado en grado de tentativa. No la pidió por homicidio porque los forenses concluyeron que no era posible comprobar que los pacientes murieron por las acciones de Acevedo y Pereira. Pero sí consideró que había intención de matar.

Rodríguez dijo a No toquen nada que leyó el fallo y que aún considera que hay un delito, al menos, de violencia privada.

"Yo doy como un hecho probado que ellos inyectaban a pacientes que estaban en una situación particular, de gravedad o de un estado de conciencia total o parcial por determinadas motivaciones, más allá de que lo que suministraran, fuera morfina, dormicum o aire. Es un hecho indiscutible que ellos daban, ahora, otro tema es si lo que daban era causal de muerte. Con esto quiero decir que no tengo prueba para el homicidio porque la junta (médica) dice que lo que ellos inyectaron no era idóneo para matar, pero sí dice que inyectaron. Si lo hicieron, era a personas que no tenían conciencia y estaba fuera del acto médico recomendado con claridad, entonces, el delito de violencia privada -que está en el 228 del Código Penal- dice que (se aplica a quien) con violencia o amenaza obligare a una persona a hacer alguna cosa", expresó el fiscal.

El delito de violencia privada tiene una pena de tres meses a tres años de prisión.

Este argumento que sostuvo el fiscal es la principal diferencia en la valoración de la prueba que hace con respecto a la jueza Dolores Sánchez.

Rodríguez considera que está probado que los enfermeros hicieron algo, pero la jueza hace otra valoración.

La jueza no cree que Pereira haya suministrado morfina porque en el caso de Santa Gladys Lemos no se encontró y la lidocaína que sí se halló en la autopsia no fue proporcionada por el enfermero. "Pero lo más insólito es que declaró haber suministrado morfina a pacientes, (de los que se exhibió fotos) cuando se encuentra probado que los días en los que fallecieron no estaba en el Hospital", agregó Sánchez.

En el caso de Acevedo, la jueza sostuvo que el enfermero confesó haber suministrado aire, pero que la Junta Médica concluyó que con aire no se puede matar a nadie y reconoció que fue presionado por su abogada Inés Massiotti para asumir la culpa.

La jueza consideró válidas las retractaciones porque no se compadecen con la realidad objetiva. "Sin llegar a afirmar que las declaraciones primigenias de Pereira y Acevedo sean nulas, sí son válidas las retractaciones efectuadas, habiéndose acreditado el error de hecho sobre las que acaecieron, conforme lo que surge de la Prueba Pericial que detallamos y el contexto de las declaraciones: reconocimiento por fotos, admitiendo hechos en días en que ni siquiera estaba en el Nosocomio, hacen perder la credibilidad a la confesión primera", sostuvo.

Sin embargo, el fiscal Rodríguez está convencido de lo que hizo, aunque reconoció que la jueza Sánchez emitió una sentencia sólida. "Es un hecho muy discutible desde el punto de vista jurídico, pero es una sentencia muy seria, razonada y bien armada. Ahora quedan las instancias procesales y los recursos legales a disposición de los operadores. Pero el hecho de que me parezca una sentencia seria, razonada y lógica, no significa que esté de acuerdo", expresó

Tribunal de Apelaciones definirá

La fiscal Mónica Ferrero ya anunció que va a apelar. Esto significa que el caso pasará a un Tribunal de Apelaciones, integrado por tres ministros.

Esos jueces van a valorar la prueba y a estudiar el caso. Se necesitan tres votos para alcanzar la resolución final. Si hay discordia en la resolución final, se sustituirá al miembro en minoría y se colocará a otro ministro para que resuelva y en caso de empate, entra otro juez para definir. 

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