Decreto habilita sanción a transportistas que incumplen normativa

El Poder Ejecutivo promulgó un decreto con el objetivo de sancionar a las empresas de transporte de carga que incumplan con las normativas laborales y tributarias. Además, se creará un Registro de Empresas Infractoras.

Actualizado: 26 de marzo de 2015 —  Por: Redacción 180

Decreto habilita sanción a transportistas que incumplen normativa

adhoc/Javier Calvelo

“Creemos que es un paso muy importante y que esto va a permitir mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores del trasporte, mejorar el proceso de formalización del país y al mismo tiempo continuar racionalizando y mejorando el transporte carretero referido”, manifestó el ministro de Trabajo, Ernesto Murro.

El decreto señala que los incumplimientos pueden ser de normativa laboral, previsional y tributaria; y en caso de ser sancionados está la posibilidad de rechazar, suspender o retirar definitivamente el permiso de circulación de vehículos a empresas de transporte terrestre profesional de cargas.

Los organismos del Estado que controlan el cumplimiento de dicha normativa “no darán trámite a las solicitudes de empresas que no cuenten con la inscripción vigente en el registro que lleva la Dirección Nacional de Transporte”, añade el decreto.

Murro explicó que el decreto permite un intercambio de información respecto al manejo de las empresas de transporte de carga. “Y además, existe la responsabilidad de los organismos del Estado, encargados de ver lo que significa la normativa laboral, de seguridad social y tributaria, de controlar el cumplimiento de las normas respectivas a los efectos de permitir o no la circulación de vehículos en todo el territorio nacional”, añadió el ministro.

El decreto detalla que la Inspección General del Trabajo a través del Registro de Empresas Infractoras, “registrará la totalidad de los expedientes iniciados en virtud de actuaciones inspectivas a empresas de trasporte terrestre profesional de cargas, más allá de que se las haya aplicado una sanción o no".