Gobierno exigirá claridad en etiquetas de cerveza con y sin alcohol

Un decreto del gobierno obliga a las marcas de cerveza a declarar con claridad en sus envases cuál es su contenido alcohólico, incluso en las cervezas sin alcohol para las que se estableció una tolerancia máxima de 0,1% vol.

Actualizado: 30 de marzo de 2017 —  Por: Redacción 180

Gobierno exigirá claridad en etiquetas de cerveza con y sin alcohol

Adhoc ©Javier Calvelo

A raíz de la modificación en la normativa de tránsito que prohíbe conducir con una concentración de alcohol en sangre mayor a 0 gramos por litro, el gobierno decretó que “es obligatoria la declaración del contenido alcohólico en el rótulo de toda cerveza, incluyendo la cerveza sin alcohol”, según indica el texto publicado por Presidencia.

En julio de 2016, un análisis del Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia de Montevideo había relevado que de las 20 marcas de cerveza que se venden en la capital, solo seis tenían una graduación alcohólica de 0,0% en todas sus presentaciones.

El porcentaje de alcohol deberá estar expresado en volumen, con la unidad “% vol”, que representa la “cantidad de alcohol etílico contenido en 100 ml del producto, siendo ambos volúmenes determinados a temperatura de referencia de 20° C”; con una tolerancia de 0,1% vol.

El decreto indica que se deberá escribir como “Contenido alcohólico” seguido por el símbolo “% vol”, lo que deberá incluirse en el rótulo en la cara principal “con tamaño de letra no inferior a 3 mm en altura, en mayúscula”, con letra que contraste al fondo.

Además, el gobierno le dio a fabricantes e importadores un plazo de seis meses para adaptar la rotulación de sus productos a la nueva normativa.

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