El error de la “inflación penal”

El doctor Milton Cairoli, experto en derecho penal y ex presidente de la Suprema Corte de Justicia, afirmó que el Instituto de Derecho Penal de la Facultad de Derecho no fue consultado por el gobierno para elaborar el paquete de medidas por la “Seguridad y Convivencia”. Además, consideró que el incremento de penas propuesto es un camino equivocado. “Se cree que el derecho penal puede solucionar absolutamente todos los problemas que existen. Eso no es verdad, al contrario”, dijo.

Actualizado: 18 de julio de 2012 —  Por: Redacción 180

El error de la “inflación penal”

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Dos de los proyectos por la “Seguridad y Convivencia” que envió el gobierno al Parlamento contienen aumento de penas. Y otro refiere a la internación compulsiva por consumo de estupefacientes. Son tres de los proyectos que van por el lado de la represión. Hay uno más que es el que va por el lado de la atención a las víctimas.

Entrevista de Joel Rosenberg con Milton Cairoli, emitada en el programa No toquen nada, de Océano FM.

Joel Rosenberg: Queremos tener una visión de estos proyectos, desde la cátedra de Derecho Penal. Estamos en contacto con Milton Cairoli, que se retiró hace un año de la Universidad de la República pero continúa dando clases en institutos privados. Cairoli fue presidente de la Suprema Corte de Justicia y también de la Comisión de Reforma del Código Penal, ese proyecto ya fue enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento pero aún no se aprobó.

Cairoli, en el caso de estos proyectos, ¿hubo alguna convocatoria que usted tenga conocimiento a la cátedra de Derecho Penal?

Milton Cairoli: No, para nada. Que yo sepa, para nada, e incluso la cátedra siempre sigue en contacto conmigo, el Instituto de Derecho Penal del cual fui presidente muchos años, me comunica en general cuando se produce alguna consulta de parte de los legisladores o algún hecho que tenga importancia para el derecho penal. No me han comunicado nada.

Quizás se los convoque después desde el Legislativo porque de alguna manera se empieza a modificar el Código Penal. Esta discusión ya se dio en el país, la dieron ustedes, y ustedes califican que cuando pasa esto se da una inflación penal.

Sí, porque se magnifica el derecho penal y se cree que de alguna manera el derecho penal puede solucionar absolutamente todos los problemas que existen. Eso no es verdad, al contrario. El derecho penal tiene que ser la última valla, antes hay que poner todo otro tipo de soluciones, de carácter administrativo, de carácter civil. Pero el penal es lo último porque nosotros inflando delitos y creando nuevos tipos penales, nuevos delitos y agravando las penas, no vamos a ningún lado. Eso está probado, está absolutamente comprobado en todo el mundo.

Ustedes sostienen que al modificar el código de esta forma se generan distorsiones en la interna del propio texto, que ahora es muy viejo y que ustedes hicieron un proyecto de nuevo. ¿Cuáles son esas distorsiones y qué puede suceder?

Bueno, son varias, las distorsiones ya están hechas. Hay distorsiones, por ejemplo, con respecto a la pena. Yo le puedo decir algunos ejemplos ya pasados. La ley de pornografía infantil que crea seis o siete delitos. Uno es el Ofrecimiento, ni siquiera aceptado, para que le menor efectúe actos de pornografía infantil, y se lo castiga con una pena mayor al delito de violación. No me parece mal que lo penen, tiene que ser penado, pero que no haya una dicotomía tan grande entre una pena de violación donde se produce una penetración a la fuerza con amenaza, con violencia, ante un ofrecimiento. Otra cosa: el alcohol, en nuestro derecho, cometer un delito bajo el efecto del alcohol es un atenuante, y cometer un delito bajo un efecto de estupefaciente es un agravante. Yo le voy a leer cómo define la Organización Mundial de la Salud. Dice: "Toda sustancia que introducida en un organismo vivo puede modificar una o varias funciones de este". O sea, el alcohol introducido en un organismo vivo evidentemente produce varias funciones que lo modifican.

Y en nuestro derecho funciona como atenuante.

Y en nuestro derecho penal, desde el año 1934, cuando se hizo el código que nos rige, está considerado como un atenuante. Y la droga, a raíz de una reforma que se hizo por la década del 90, está considerada un agravante.

¿Qué opinión tiene a propósito de este proyecto de ley de internación compulsiva?

Fuera de las buenas intenciones que hayan presidido esta propuesta, por ejemplo, la del artículo 1º donde dice "se declara de interés general las actividades de internación, diagnóstico, asistencia y rehabilitación social de personas en riesgo para sí o para un tercero por el consumo de estupefacientes", lo de consumo está mal expresado, porque el consumo de estupefacientes en nuestro país no es punible. Nunca fue punible. Desde la ley madre, artículo 31 de la 14.294 más todas las leyes sucesivas que vinieron modificando a la ley madre de drogas o de estupefacientes, que fue un decreto-ley de la dictadura, nunca se punió, nunca fue punible el consumo de drogas. Entonces dice "para sí o un tercero por el consumo de estupefacientes".

Este proyecto de internación compulsiva me hace acordar a épocas ya perimidas y más vale no recordarlas. Me hace acordar históricamente, aunque yo no lo viví obviamente, a la época de la escuela positiva, la famosa "Scuola Positiva", que surge con el pensamiento de un médico turinés, Cesare Lombroso y sigue después con Garófalo y con Ferri, donde se consideraba peligrosos a los individuos por el "porte de cara", como dice un autor argentino muy conocido. Es decir, el individuo que tenía una cara de criminal, ese era considerado criminal.

Entonces, yo digo: ¿cómo puede ser que el Poder Ejecutivo que es el mismo que hace unos días hablaba de liberalizar el consumo de la marihuana, por otro lado esté pensando en un proyecto donde se va a internar compulsivamente a quien consuma droga?

La marihuana es una droga, ¿no? De eso no hay ninguna duda. Yo digo: ¿cómo van a hacer para darse cuenta cuándo una persona está consumiendo marihuana o está en ese estado que dice que puede producir riesgos para las personas, para sí o para terceros? Que haya consumido pasta base o cocaína, ¿cómo lo van a diferenciar?

Se crea una brigada o un sistema de atención a las víctimas del consumo de estupefacientes que sería la encargada del trabajo en la calle...

¿Y la brigada por quiénes está formada? Tienen que ser individuos que tenga un golpe de ojo, una visión espectacular para darse cuente si ese que está ahí tirado ha consumido o a lo mejor es un borracho que ha tomado demasiado alcohol o que ha tomado el alcohol que toman a veces los indigentes.

El estudio completo se haría cuando la persona ya esté internada y conducida con una detención...

Después que lo llevaron. Después que lo llevaron sin ninguna garantía. Incluso dice: "Después de todo lo actuado (...) se formará un expediente judicial y se designará un defensor de oficio". Pero además, ¿por qué un defensor de oficio? Están caracterizando a esta gente como gente marginal, como gente que no puede pagarse un abogado. ¿No puede ser un nene bien que haya tomado droga? ¿A ese no lo van a llevar? ¿Van a llevar solo a los marginales?

Si dice "para sí mismo o para terceros", tendrían que llevar a todos.

¿Entonces por qué esto se contradice diciendo que "se designará un defensor de oficio"? Se designará un defensor que el individuo quiera, si el individuo se lo puede pagar y tiene interés en un defensor particular, ¿por qué no puede conseguir un defensor particular? ¿Por qué dice el decreto eso? Está mal hecho.

¿Cuál es la sensación de ustedes cuando se redactan estos proyectos de ley, que según hemos escuchado a varios especialistas, tienen errores básicos?

Son inconsultos. ¿Sabe lo que pasa, Joel? Le voy a poner un ejemplo bien reciente. Se le encarga ahora a un especialista realizar una ley o un proyecto de ley sobre concursos por el asunto Pluna, y se lo entrega al doctor Olivera García que es un verdadero especialista en derecho comercial, una persona muy respetada y que realmente sabe del tema y que ha escrito sobre la última ley de concurso. Yo tengo el libro de él y es perfecto. ¿Y por qué en materia penal nunca se consulta a nadie? Si se trata de arreglar la seguridad ciudadana, toda esa inseguridad o esa sensación de inseguridad que vivimos todos, porque yo no voy a decir que no la viva. Soy ciudadano, vivo en Montevideo y también tengo inseguridad como cualquier otro. Se trata de arreglar todo eso y se hace en forma inconsulta. Se lanzan cosas así a la palestra pública sin consultar. ¿Por qué se consulta en un tema de derecho comercial y no se llama a un especialista en un tema de derecho penal? El derecho penal no soluciona todo. Todo lo quieren solucionar creando nuevos delitos, agravando las penas. Eso nunca fue así.

Veremos, Cairoli, si lo llaman a usted o a la gente del Instituto de Derecho Penal en el momento de discutir esto en el Parlamento .Seguramente sí porque ustedes trabajaron mucho dentro del Parlamento para la reforma del Código Penal.

Si, personalmente yo hice un comparativo entre las normas anteriores del Código, es decir, las normas vigentes y las normas que han sido proyectadas en lo que es la parte general del Código. Ahí trabajé muchísimo con los secretarios de comisión. Trabajamos varios días con eso, un asunto que quedó muy explicativo, porque de un lado está la norma actual y del otro lado la norma proyectada y los números si coinciden, si no coinciden. Fuimos muchas veces. Ahora estamos esperando que nos llamen por este último intento que hicimos. ¿Por qué lo hicimos? Porque cuando cambió la legislatura, es decir, cuando terminó el mandato del presidente anterior y vino un nuevo presidente, por ley tuvimos que ir nuevamente a presentar el proyecto. Por eso se lo dimos incluso personalmente al doctor Alberto Breccia en casa de gobierno. Eso fue en marzo de 2010 si mal no recuerdo, hace ya dos años y pico.