El Tribunal de Apelaciones de Cuarto Turno clausuró el procesamiento de Amodio Pérez en la denuncia por privación de libertad y torturas que presentaron 26 mujeres tupamaras detenidas por la dictadura.
Los jueces consideraron que el delito estaba incluido en la Ley de Amnistía.
Amodio y el resto de los denunciados “tuvieron activa participación durante la detención y prisión de las denunciantes en los distintos establecimientos carcelarios, siendo todos ellos responsables directos e indirectos por acción u omisión de la comisión de delitos calificados como de lesa humanidad cometidos en forma sistemática y planificada consistentes en delitos sexuales (violencia sexual, violación, desnudez, tocamientos, entre otros) y torturas (tales como plantones, picana, submarino, entre otros) afectando su integridad física y mental y su derecho a la dignidad, principalmente, tal como surgen de los relatos que se adjuntan de cada una de las denunciantes”, considera el fallo.
De todos modos, según el Tribunal, cuando Amodio fue detenido “era un preso por razones políticas y delitos conexos al movimiento que integraba. Ello es así por más que traicionó a su organización donde fue alto dirigente y ésto a cambio de una recompensa personal. Por lo tanto su situación queda comprendida en el inciso 1º del artículo 1º de la Ley 15.737” (de Aministía).
Un colaborador
El fallo dice que Amodio tuvo “activa participación en la aprehensión de varios integrantes del movimiento, así como también en la dirección de los interrogatorios a los mismos, con la finalidad de obtener información que podría resultar útil a los fines de la ilícita represión”.
Por esa actitud “colaboracionista”, “no solo logró beneficios inmediatos en sus condiciones de reclusión, sino que además obtuvo que trajeran a convivir con él en una misma pieza a su pareja”, destacaron los jueces.
Además afirman que así obtuvo los salvoconductos para ir a España con identidad falsa.
“Lo referido surge no solamente de las declaraciones de algunos de los militares que prestaron testimonio, sino también de sus propios ex-compañeros, algunos de los cuales lo reconocieron al momento de sus detenciones o en los centros de torturas”, dice el escrito.
El fallo afirma que el propio testimonio de Amodio Pérez confirma esa actitud colaboracionista y de traición al Movimiento Tupamaro.
“El que comandaba los operativos era yo con personal a mi cargo, yo interrogaba, yo me convertí en el jefe militar del cuartel según sé. Yo admito lo que hice pero no que se me adjudiquen cosas que no hice”, dijo Pérez en el juzgado.
Amodio Pérez fue “un felón, que en las circunstancias en las que estaba no dudó en ponerse del lado de los carceleros militares para colaborar con los mismos, aportando información en busca de beneficios para sí”, afirma el Tribunal.
“Todo como la manifestación propia de una personalidad egocéntrica, orgullosa, vanidosa, que estaba resentida y dolida con sus ex-compañeros tal como destacan todos los que a ese respecto se manifestaron”, dice el fallo. Y concluye: “los personales motivos o explicaciones que da él encausado a sus actos, no son causas de justificación ni explican nada”.