Femicidio: un “pequeño paso” para no mirar al costado

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el proyecto de ley que tipifica al femicidio y lo establece como condición muy agravante de un homicidio. La ley ahora deberá completar su trámite en Diputados.

Actualizado: 18 de abril de 2017 —  Por: Redacción 180

Femicidio: un “pequeño paso” para no mirar al costado

Adhoc ©Javier Calvelo

Los artículos aprobados por el Senado de forma unánime establecen situaciones agravantes para los casos de homicidio.

El artículo 1º reemplaza al artículo 311º del Código Penal y añade a las condiciones de agravante cuando se cometa contra exconcubinos o contra personas con quien el homicida tuviera o hubiera tenido una relación de afectividad o intimidad.

Además, se considerará agravante que el homicidio se cometa en presencia de menores de edad con vínculo de parentesco con el autor o la víctima.

El artículo 2º tipifica al femicidio como el homicidio “contra una mujer por motivos de odio, desprecio o menosprecio, por su condición de tal” y lo coloca como condición agravante muy especial de dicho delito, reunidas en el artículo 312º.

Enumera que se considerará que existieron motivos de odio, desprecio o menosprecio por su condición de mujer cuando:

La víctima hubiera sufrido algún incidente de violencia física, psicológica, sexual, económica o de otro tipo

La víctima se hubiera negado a establecer o reanudar con el autor una relación de pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad

Previo al homicidio de la mujer, el autor atentara contra la libertad sexual de la víctima con cualquier tipo de conducta

“Un pequeño paso”

La senadora frenteamplista Daisy Tourné dijo durante la discusión del proyecto que la nueva normativa “es un pequeño paso” que “no alcanza” y que por ello están trabajando “lo más rápido que se puede en un proyecto mucho más abarcativo”.

“No va a solucionar el problema pero le puso nombre y no vamos a poder, a partir de que esto sea ley, mirar para otro lado y hacernos los distraídos”, añadió Tourné.

Pablo Mieres, senador del Partido Independiente, expresó que el gesto legislativo de aprobar esta norma, sumado al clima que se vive en la sociedad y a la marcha del 8 de marzo “va generando un clima que lo que debe buscar y pretender es que este tipo de conductas desaparezcan”.

Jorge Larrañaga, del Partido Nacional, dijo que si bien algunos sostienen que el aumento de penas no hace que el delincuente piense en la pena como desestímulo para cometer el delito, “también, está la otra realidad que golpea los ojos de que frente a lo irremediable, saque la cuenta detrás de rejas del delito que cometió para que sea también una suerte de desestímulo como mensaje”.

El proyecto también establece los motivos de “discriminación por la orientación sexual, identidad de género, raza u origen étnico, religión o discapacidad” como agravante muy especial.

También modifica el artículo 311 del Código Penal que establece los agravante especial del homicidio el hecho de que el victimario, independientemente de su sexo, tenga o hubiera tenido una relación de afectividad con la víctima. También el hecho de que el homicidio se cometa en presencia de menores de edad con algún vínculo de parentesco con la víctima o el victimario.