Discrepancia entre jueces: ¿existe la justicia defensiva en acceso a la salud?

Dos jueces del Tribunal de Apelaciones dieron su visión sobre el acceso a procedimientos y medicamentos a través de amparos o juicios.

Actualizado: 11 de setiembre de 2018 —  Por: Emiliano Zecca

Discrepancia entre jueces: ¿existe la justicia defensiva en acceso a la salud?

Suprema Corte de Justicia (Adhoc ©Javier Calvelo)

“Cuando los ciudadanos no tienen diálogo directo con los agentes de la salud acuden a un tercero, o sea, el derecho de participación se desvía hacia el Poder Judicial donde yo puedo decir, alegar, puedo decir ‘¿me escuchan?’ Así fallen en mí contra. En el Ejecutivo muchas veces no se escucha y ese es un tema fundamental, la participación es un derecho y la judicialización es una forma de participación social”, dijo Hernando Torres, decano de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia.

El académico colombiano participó en el séptimo encuentro regional de Derecho y Salud.

Junto a él compartieron mesa los jueces Nilza Salvo, integrante del Tribunal de Apelaciones y miembro de la Mesa de Diálogo de Uruguay, y Edgardo Ettlin, también juez del Tribunal de Apelaciones.

Ambos explicaron que el “dilema” que enfrentan los jueces con respecto al acceso a la salud es que deben resolver en un plazo breve, sobre un tema específico que desconocen y por eso recurren a la opinión de un perito o una sociedad científica. Esta opinión, generalmente, tiene una incidencia importante en lo que se va a hacer.

Salvo sostuvo que los jueces no dictan políticas públicas, pero reconoció que la reiteración de casos individuales con fallos orientados al acceso de un procedimiento o medicamento quizás pueda afectar la sostenibilidad del sistema. “Ahora, considerar el impacto económico no es algo que se le pueda pedir al juez. Aparte de que es bastante difícil ver si el medicamento es el adecuado y también lo es decidir sobre el caso concreto, el impacto económico en Uruguay solo se puede considerar si se lo plantean. Aunque yo lo sepa y haya escuchado por las vías más serias ese problema, si no está planteado y acreditado, aunque yo lo pueda tener presente como persona, como juez no lo puedo considerar”, sostuvo.

De la mesa también participó el director de la Cátedra de Medicina Legal en la Universidad de la República, Hugo Rodríguez, quien le hizo una pregunta a los jueces. Primero le habló de medicina defensiva, que es una categoría que se definió en 1994 para aquellos médicos que indican procedimientos o medicamentos para evitar litigios, por miedo a que los lleven a un juicio.

Rodríguez contó que un juez le dijo una vez, con respecto a un caso, que eran temas tan sensibles que a veces, ante la duda, preferían admitir el recurso. Y les preguntó a los jueces si no había una “justicia defensiva”. La respuesta generó una discrepancia entre jueces.

"Yo creo que sí se hace una justicia defensiva, porque es más fácil decir que sí, que decir que no".— jueza Nilza Salvo. 

“La pregunta hecha por el doctor Rodríguez es realmente uno de los cuestionamientos de conciencia que cada juez debería hacerse al momento de dictar una sentencia de amparo de esta clase. Y me dice que aparentemente hay casos en que la prueba es clara y digo aparentemente porque hay que ver cómo la prueba convence al juez. A veces se ha dicho que ante la duda uno opta por la opción que propicia la tutela integral o la posición más pro homine, que es una palabra que muchos médicos empezaron a escuchar, o sea buscar la alternariva que propenda a la mejor solución para la persona. Yo no calificaría eso como defensivo”, respondió Ettlin.

Por su parte, Salvo manifestó su discrepancia. “Para que vean como somos los jueces. Yo creo que sí se hace una justicia defensiva, porque es más fácil decir que sí, que decir que no. El que dice que no se siente muy mal porque le da mucha pena la otra persona, pero los jueces no podemos fallar por pena”.

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