Artículos de la LUC pueden “aumentar el conflicto” entre policías y población

El director nacional de Policía, Mario Layera, consideró que la legítima defensa policial prevista en el proyecto de Ley de Urgente Consideración “no cambia nada”. Además afirmó que “no se conjuga con el modelo de una policía preventiva”.

Actualizado: 23 de febrero de 2020 —  Por: Redacción 180

Artículos de la LUC pueden “aumentar el conflicto” entre policías y población

Mario Layera en No toquen nada (DelSol)

Layera fue consultado en No toquen nada por el articulado del anteproyecto de Ley de Urgente Consideración referentes a la policía.

Respecto al artículo que establece la legítima defensa presunta cuando un policía actúa en cumplimiento de sus tareas dijo que “no cambia nada”.

Explicó que la decisión de actuar siempre será tomada por el policía, en una situación crítica y con segundos para evaluar. Luego el análisis a nivel judicial se hará con tiempo, testigos a favor y en contra, además de evidencia científica que puede contradecir el análisis hecho por el policía.

Layera aludió a declaraciones de Luis Lacalle Pou durante la campaña electoral en las que dijo que la policía estaba sola y que si él era electo presidente no lo estaría más.

“Si yo lo confundo mucho al policía o si le hablo y le digo que no tiene respaldo en este momento pero que lo va a tener, y no le explico cuál es el respaldo exactamente, es posible que sucedan hechos lamentables para los policías principalmente”, advirtió.

“Esto no se conjuga con el modelo de una policía preventiva”, agregó.

Consultado sobre el delito de agravio a la autoridad que se crea en el artículo 11 del anteproyecto de ley, Layera consideró que responde a una demanda que se instalado en cuanto a que en estos años se ha perdido la autoridad.

“La autoridad no se pierde ni obtiene por normas. Es cultura”, dijo.

Insistió en que nuevamente la valoración respecto al agravio será subjetiva por parte del policía. Y agregó que es un problema si se suma a otros artículos que permiten la detención por espacio de hasta cuatro horas antes de comunicar la situación a la Fiscalía.

Por ejemplo, el policía puede considerar un agravio que una persona se ría o que lo filme. Luego de cuatro horas esa situación llega a la Fiscalía que considera, por ejemplo, que en la actualidad todo el mundo filma y por tanto no constituye un agravio. La persona queda libre, sale y puede entablar una demanda porque estuvo detenida cuatro horas sin justificación.

Esto “puede aumentar el conflicto” entre policía y población y “sería un cambio sustantivo a lo que ya la población entendía”.

En cuanto al porte de armas y la capacidad de actuar de los policías retirados, Layeraconsideró que tampoco cambia nada. Todos los policías retirados tienen derecho a portar armas en la actualidad e igual que cualquier ciudadano tienen derecho a actuar ante in franganti delito, consideró.