Embarazo y parto: el derecho al acompañamiento y la atención más allá de covid-19

El Ministerio de Salud Pública difundió un documento en el que se realiza una serie de recomendaciones para la mujer embarazada asintomática, sin contacto con personas con COVID–19, y también para aquellas que tuvieron contacto o están infectadas.

Actualizado: 11 de mayo de 2020 —  Por: Redacción 180

Embarazo y parto: el derecho al acompañamiento y la atención más allá de covid-19

foto: flickr.com/mestreech

El documento se publicó luego de varias denuncias por no dejar participar a las parejas en los partos.

No toquen nada habló con uno de los redactores del documento coordinado por el doctor Rafael Aguirre, responsable Área Programática de Salud Integral de la Mujer.

En ese documento se señala que “no existe evidencia de que las mujeres embarazadas presentan diferentes síntomas ni signos o presenten un mayor riesgo de infección por COVID–19 que la población general”.

“Sin embargo, tienen un mayor riesgo de complicaciones vinculadas a infecciones virales por influenza y SARS, por lo que el MSP recomienda la vacunación antigripal”, agrega.

Acompañamiento en el parto

La Comisión de Género del Sindicato Médico del Uruguay (SMU) había emitido un comunicado en referencia a denuncias que señalan que no se está respetando la ley de acompañamiento en el parto por la emergencia sanitaria.

En el documento se aclara que en estos casos, la atención del nacimiento se realizará en base a las prácticas habituales, según las recomendaciones plasmadas en los manuales y guías del MSP y el respeto a la Ley 17.386 de acompañamiento del nacimiento (parto o cesárea).

Durante el trabajo de parto y parto o cesárea solo se permitirá la permanencia del padre o acompañante elegido por la madre.

La Junta Nacional de Salud (Junasa) habilita a que las direcciones técnicas de las instituciones decidan lo que consideren más acorde en el marco de la pandemia. Desde el MSP señalaron que esta habilitación incluye, por ejemplo, suspender la ley de acompañamiento; o sea incumplir una normativa vigente.

De todas formas el 7 de mayo, luego de una serie de denuncias sobre el incumplimiento de la ley de acompañamiento, la Junasa publicó un comunicado dirigido a los directores técnicos en el que es mucho más explícito.

En el punto 5 de ese comunicado exhorta a las direcciones técnicas a adoptar las acciones necesarias para garantizar la ley de acompañamiento, salvo en casos fundados que deberán ser documentos en la historia clínica de la paciente estableciendo por qué no fue posible acceder a la solicitud de acompañamiento.

De acuerdo al documento publicado por el MSP, el acompañamiento no debe dejarse librado a una institución porque es un derecho reconocido por la ley.

En casos de que la paciente tenga COVID-19 no es recomendable el acompañamiento porque es muy probable que el acompañante esté infectado y por lo tanto debe guardar cuarentena. En el resto de los pacientes el acompañamiento debe respetar la normativa vigente.

Controles

El documento publicado por el MSP detalla que de ser posible, se deberá evaluar telefónicamente si el control obstétrico presencial. En las gestaciones normales de bajo riesgo, puede ser retrasado sin afectar su seguridad y calidad.

Las ecografías obstétricas y rutinas obstétricas que a criterio del ginecólogo tratante se puedan posponer (por ejemplo: ecografía y rutinas del tercer trimestre) se recomienda realizarlas una vez que la situación epidemiológica lo permita.

Leonel Briozzo, ginecólogo, docente grado 5 de la Facultad de Medicina y jefe del Departamento de Maternidad del Hospital Pereira Rossell realizó aportes a este documento y explicó a No toquen nada que si bien cada embarazo es particular, la recomendación es tener menos controles.

“Tanto la Federación Internacional de Ginecología como la Organización Mundial de la Salud lo que recomiendan es espaciar los controles de embarazo al mínimo imprescindible. Se busca, por ejemplo, optimizar las consultas de las pacientes, sin que decaiga la calidad de la atención, sobre todo para la captación de probables patologías y enfermedades y su tratamiento adecuado”, explicó.

Briozzo recordó que hay situaciones que no pueden postergarse. No solo las cirugías oncológicas sino también la actividad de los servicios de salud sexual y reproductiva porque muchos de los motivos de consulta son urgentes.

Briozzo se refirió además a la importancia de habilitar el primer nivel de atención para por ejemplo evitar abortos inseguros o embarazos no deseados.

“Muchos de los motivos de consulta son urgencias. Es evidente que eso tenemos que plantearlo porque si no vamos a estar eventualmente disminuyendo la velocidad del contagio por covid pero aumentando los riesgos de embarazos no deseados o de problemas de abortos inseguros. Eso genera una carga de moribilidad y eventualmente de riesgo muy alto”, afirmó.

El protocolo establece la necesidad de que en los servicios de puerta de maternidad existan sistemas de triage para detectar rápidamente los potenciales casos de infección por Cocvid-19. Todas las pacientes con síntomas sugestivos o contacto con infectados por Covid-19 deberán ser testeadas.

Briozzo explicó cómo está funcionando este sistema de triage en el Pereira Rossell. “En el tema de la consultas lo que prevemos es un área separada, una circulación en paralelo de las mujeres que tienen elementos de infección por Covid y aquellas que sí los tienen, desde el momento mismo del ingreso a la maternidad. Pero en ambos casos la provisión de los servicios y lo que necesiten para la atención están totalmente asegurados”, señaló.

Con base en un informe de Tania de Tomas, para No toquen nada.