La Ley de Urgente Consideración modificó disposiciones de la ley de inclusión financiera y de la ley de lavado de activos.
En el caso de la inclusión financiara se elevó el mínimo de una operación para que pueda realizar con dinero en efectivo, de 4.000 a 100.000 dólares.
En el caso del lavado de activos estableció que los operadores no financieros (escribanos, abogados, inmobiliarias, etc.) podrán apelar a la debida diligencia simplicada cuando los fondos de una operación pasen por el sistema financiero. Esto es que solo deberán identificar quiénes hacen la operación pero no el origen de los fondos. Se asume que este controlo ya se hizo en el sistema financiero.
Entrevistado en No toquen nada, Chediak dijo que estos cambios se basan en “una concepción que va en el sentido de la libertad, de prohibir la menor cantidad de actividades que sea posible y compatible con la vida en sociedad”.
“Tanto la modificación de la ley de inclusión financiera como la pequeña modificación de la ley de lavado de activos, tienden a facilitar y racionalizar determinadas operaciones. Facilitar en el sentido de quitarles algunas complejidades que resultan innecesarias”, agregó.