Senado analiza desafuero de Manini, que será rechazado

Este miércoles el Plenario del Senado está analizando el desafuero del senador de Cabildo Abierto Guido Manini Ríos, a raíz del pedido de procesamiento del fiscal Rodrigo Morosoli.

Actualizado: 30 de setiembre de 2020 —  Por: Redacción 180

Senado analiza desafuero de Manini, que será rechazado

Guido Manini Ríos (Javier Calvelo / adhocFOTOS)

La Fiscalía investigó la actuación del Tribunal Especial de Honor N.º 1 del Ejército, que juzgó la conducta de oficiales involucrados en causas penales por violaciones a los Derechos Humanos ocurridas entre 1973 y 1985. Se investiga si Manini Ríos omitió informar las revelaciones hechas por José Nino Gavazzo sobre violaciones a los derechos humanos duante la dictadura.

El desafuero

“La Cámara de Senadores resuelve que hay lugar a la formalización de causa del señor Senador Guido Manini Ríos, y suspenderlo en el ejercicio de sus funciones, mientras dure el proceso y hasta que se cumpla la pena que eventualmente se imponga”

Esto es lo que decidió aprobar la Comisión de Constitución y Legislación del Senado este martes. Con los votos de los senadores frenteamplistas (Charles Carrera, José Carlos Mahía, Enrique Rubio y Liliam Kechichian) y el de Pablo Lanz de Ciudadanos; y con la postura discorde de los nacionalistas Carlos Camy, Graciela Bianchi, Carmén Asaín y el senador cabildante Guillermo Domenech. 

Pero para aprobar esta moción en el plenario se necesitan dos tercios del total de votos, 21. POr lo tanto el desafuero será rechazado con los votos nacionalistas y de Cabildo Abierto.

La postura de Manini

Si bien durante la campaña electoral, Guido Manini Ríos reiteró que él mismo votaría su desafuero en las últimas semanas cambió de posición. Para explicardo dice que se ampara en el artículo 121 del reglamento del Senado. U1n poco le asiste la razón, otro poco no.

Artículo 121.- Todo Senador está obligado:

g. A votar hallándose presente, salvo que se tratara de su persona o de su interés individual, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 97 del presente Reglamento.

h. A declarar ante la Cámara o la Comisión que integre toda vinculación personal o de interés que lo ligue a cualquier gestión, asunto o proyecto de carácter general que se considere. (Artículo 97 del presente Reglamento)."

"Artículo 97.- Todos los Senadores, incluso el Presidente, tienen derecho y la obligación de votar estando presentes, salvo que se trate de su interés individual, pues en tal caso

les está vedado votar y tomar parte de la discusión. (Artículo 121 literal h del presente Reglamento).

No obstante, si el Senador denuncia previamente su vinculación con el tema, podrá autorizarlo la Cámara, si así lo estimare pertinente."

Por lo tanto, se puede amparar tranquilamente, pero podría estar pidiendo la autorización, como pasa en el 99.99% de los casos que votan legisladores temas a los que están vinculados. Nada se lo impide, es su decisión.