“Se consideran trabajadores y trabajadoras sexuales a quienes siendo mayores de 18 años, ejercen el trabajo sexual recibiendo a cambio una remuneración en dinero o especie”, especifica el portal de Presidencia. Quienes realicen esta labor podrán abrir una empresa unipersonal y hacer uso de los derechos que les corresponden: jubilación, pensión, asignaciones familiares, atención de salud tanto para ellos como para sus hijos, además de prestaciones en caso de enfermedad y de discapacidad.
Para obtener estos beneficios, deben estar registradas en el Ministerio de Salud Pública y contar con la autorización para ejercer como trabajadores sexuales.
El BPS envió al Poder Ejecutivo un proyecto de decreto para que el aporte se realice mediante monotributo. Si se aprueba, se disminuirá “sensiblemente” la tributación. Es frecuente que los los trabajadores sexuales no puedan pagar la cuota de los aportes “dada su situación de marginación social”, según dijo el presidente del BPS, Ernesto Murro.
Los aportes para una empresa unipersonal rondan los 2.500 pesos. Si este decreto es aprobado, deberán pagar unos 650 pesos.