Con este proyecto de ley, el Poder Ejecutivo quedará facultado a negociar directamente con los contratantes de los bienes fideicomitidos la concesión de las frecuencias de vuelo que pertenecían a Pluna S.A.
Además, se establece que si los permisos de esas frecuencias caen, el Ejecutivo se los reserva por un plazo de hasta un año, contados a partir de la fecha de su caducidad. Esto para que puedan ser negociados conjuntamente con los bienes fideicomitidos.
La ley también deroga el artículo 4 de la ley que creó el Fidecomiso, donde se establecía la realización de una subasta a la baja (subasta holandesa), en caso de que la primera no hubiese sido exitosa.
En la exposición de motivos del proyecto de ley que será enviado al Poder Legislativo, se explica que se llega a esto porque el mejor postor del remate incumplió no firmó el contrato definitivo de enajenación. "En primer lugar se prioriza la alternativa que de solución a la situación de los trabajadores y ex trabajadores de Pluna S.A, buscando preservar puestos de trabajo con emprendimientos viables y sustentables; y favorecer la conectividad del país", se sostiene. "En todos los casos, se exige que cualquier transacción que se realice respecto a los bienes fideicomitidos, así como las demás condiciones pactadas, sean aprobadas en forma previa por el Poder Ejecutivo", agrega.