Imputan delito de lesa humanidad a Miguel Dalmao

La jueza penal Dolores Sánchez imputó un delito de lesa humanidad y condenó a 28 años de cárcel al militar ex integrante de la OCOA Miguel Dalmao por la muerte en junio de 1974, de Nibia Sabalsagaray. La jueza sostiene que estos delitos "son imprescriptibles y se prohíbe que los Estados adopten medidas que impidan su juzgamiento".

Actualizado: 09 de mayo de 2013 —  Por: Redacción 180

Imputan delito de lesa humanidad a Miguel Dalmao

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La militante comunista, una profesora de literatura oriunda de Nueva Helvecia fue detenida en su domicilio por personas no identificadas y conducida al Batallón de Ingenieros Nº 5. En ese lugar y en ese momento, Dalmao, que tenía el grado de Alférez, era el encargado interino y estaba a cargo de interrogar a los detenidos.

En ese marco procedió a interrogar a Sabalsagaray mediante apremios físicos que terminaron produciéndole la muerte, todo lo cual fue considerado plena y legalmente probado por la magistrada.

En su condena, la jueza Sánchez utiliza la figura de delito de lesa humanidad y con eso se opone a la visión mayoritaria en la SCJ: "El desarrollo de la noción 'crimen contra la humanidad' consolidó principios jurídicos esenciales para su juzgamiento: los responsables no pueden estar amparados por el refugio, ni asilo; los delitos son imprescriptibles y se prohíbe que los Estados adopten medidas que impidan su juzgamiento, elementos que se incorporan al concepto de 'crimen contra la humanidad' como notas caracterizantes del mismo".

La jueza agrega que "en el marco de dicha evolución, la práctica sistemática de torturas, desapariciones forzadas y homicidios, respaldada ideológicamente por la doctrina de la seguridad nacional, constituye un crimen de lesa humanidad". "La ausencia de tipos penales nacionales para reprimir un crimen bajo el Derecho internacional no se puede invocar por un Estado para no cumplir con su obligación de juzgar y castigar a los autores de este ilícito, si al tiempo de su comisión ya era delito bajo el Derecho Internacional o considerado delictivo según los principios generales del Derecho reconocido por la comunidad internacional", afirma la sentencia.

Este es el caso por el que la fiscal Mirta Guianze, ahora integrante del Instituto Nacional de Derechos Humanos, logró se declarara por primera vez la inconstitucionalidad de la ley de caducidad.