Producción de José Benítez, No toquen nada (Océano FM)Los cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y las personas con nacionalidad de los países del Mercosur y Estados asociados podrán obtener la residencia permanente solo probando esa condición.
Incluso, el trámite se podrá realizar en su país de origen.
Esto se aprobó en un proyecto de ley que se votó por unanimidad en la Cámara de Representantes y que ahora pasó al Senador.
El proyecto incluye modificaciones a la ley de Migraciones (18.
250), que obligaba a realizar el trámite en la Dirección Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior.
A partir de que se apruebe esta ley, el trámite se realizará en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
"Esto tiene un efecto central, porque al permitirse que se haga a través de este organismo, se podrá hacer en las oficinas consulares de la República que están diseminadas por diferentes lugares del planeta.
No tendrán que venir al país con la incertidumbre de la tramitación de la residencia definitiva, ya que lo podrán hacer en su país de origen", dijo el diputado Felipe Michelini.
El proyecto cumple con el compromiso asumido en el "Acuerdo de Residencia MERCOSUR firmado en el año 2002 en Brasilia" y según la exposición de motivos se debe a un espíritu "integracionista".
El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá pasar a la Dirección Nacional de Migraciones la solicitud de residencia y esta tiene 15 días para controlar la existencia de antecedentes penales.
Luego el Ministerio de Relaciones Exteriores tendrá 30 días para otorgar o no la residencia solicitada.
Ahora el Senado debe darle sanción definitiva a la ley.
Actualizado: 04 de agosto de 2014 — Por: Redacción 180

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