Apuros y prórroga para "viviendas convertibles"

La Intendencia de Montevideo (IM) prorrogó la entrada en vigencia de las nuevas normas de accesibilidad para los edificios privados, que debían entran en vigencia el 23 de julio. Las colas y el apuro para registrar obras que no cumplan con las nuevas disposiciones fueron una constante en los últimos meses.

Actualizado: 28 de julio de 2014 —  Por: Emiliano Zecca

Apuros y prórroga para "viviendas convertibles"

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La nueva normativa establece que las viviendas, en su interior, deben tener un itinerario accesible desde el acceso inclusive hasta el estar o comedor. Además, deben contar, como mínimo, con un dormitorio, un servicio higiénico y cocina con accesibilidad convertible.

El secretario de Discapacidad de la IM, Federico Lezama, dijo a No toquen nada que la decisión se tomó porque todavía no están preparados para fiscalizar. "La fecha que manejaba el decreto era julio, nosotros estábamos manejando una prórroga hasta setiembre por la preparación del equipo de contralor. Hay que modificar procedimientos técnicos por cuestiones de aplicación de la norma", explicó.

La decisión se tomó en el contexto de discusiones y diferencias entre la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay (APPCU) y la IM. Incluso, hay discrepancias entre los promotores.

Su presidente, Ariel Cagnoli, dijo que ellos pidieron la prórroga y que necesitan más que un mes. "Hay falta de conocimiento de los promotores sobre cómo se interpretan las nuevas disposiciones y en qué van a redundar las nuevas modificaciones. Esa es la propuesta que hemos hecho, que en definitiva es sacar la paja del trigo e identificar los problemas específicos y plantear si podemos encontrar acuerdos. Capaz que no los encontramos y la municipalidad tiene todas las potestades de aprobar lo que tenga que aprobar", afirmó.

En mayo del año pasado, la Junta Departamental aprobó este decreto que estableció que todas las viviendas serían "convertibles". Esto implica que cualquier construcción deberá ser modificable para garantizar la accesibilidad en un 100%.

Las colas y el apuro para registrar obras que no cumplan con las nuevas disposiciones fueron una constante en el quinto piso de la IM, donde se registran. "Aquellos que tenían proyecto pendientes y que opinan de esa forma se apresuraron a presentarlos, eso es natural. Son algunas personas y empresas que piensan de esa manera. Hay adaptaciones o modificaciones que implicarían algunas tipologías o impedimentos para realizar las soluciones arquitectónicas. Pero es la opinión de algunos. Ellos tendrán razón o nosotros, no sabemos. Eso es lo que queremos dilucidar entre todos", dijo el presidente de APPCU.

Lezama, secretario de Discapacidad de la IM, dijo que no hay posibilidad de modificar la norma. "Por parte de la intendenta y de la secretaría no hay posibilidades de ningún tipo de modificación. Sí queremos que la norma sea efectiva y no que por dificultades en la aplicación u otros problemas administrativos se invalide la posibilidad de hacer que las construcciones sean accesibles", sostuvo.

Aplicación del decreto

El decreto se aplica para los edificios que cuentan con cuatro o más viviendas y en el caso de las oficinas están todas incluidas.

El concepto de vivienda convertible fue planteado por la Asociación de Promotores Privados del Uruguay (APPU) en 2010. "Es cuando mediante mínimas adaptaciones previstas en el proyecto original, se pueden obtener itinerarios o locales de la edificación con accesibilidad o accesibilidad básica, según corresponda, para obra nueva o reforma. Dichas adaptaciones refieren a: retiro de bidet, adición de accesorios o apertura de vanos. En el caso de requerirse demoliciones parciales sólo serán admitidas para ampliación de dormitorios o cocina, siempre que éstas no afecten elementos estructurales o columnas montantes de instalaciones, las que no deben alterar la tipología original planteada para la vivienda en la que se efectúa la convertibilidad", se explica. "Se incluye la previsión del espacio necesario para la posible colocación de ascensor accesible en el caso de edificaciones de obra nueva de más de un nivel que no requieran reglamentariamente ascensor, vinculando los itinerarios accesibles de ingreso a todas las unidades", agrega.