La Justicia desestimó demanda presentada por COFE

La Justicia desestimó la demanda presentada por funcionarios de los ministerios de Trabajo, Turismo y Cultura (Biblioteca Nacional) contra la Administración por el decreto que pretende regularizar en seis horas el trabajo de los empleados públicos. Los trabajadores argumentaban que la “extensión de horario” les producía una rebaja salarial.

Actualizado: 18 de noviembre de 2010 —  Por: Emiliano Zecca

El argumento manejado por los trabajadores durante la audiencia sostenía que el daño que se quería evitar era la rebaja salarial que deriva de la extensión de su horario de trabajo.

Sin embargo, la resolución de la Jueza Letrada en lo Contencioso Administrativo de primer turno, María Cristina Cabrera, consideró que “la reorganización horaria que prevé el decreto del Poder Ejecutivo “no violenta, de acuerdo a la normativa referida, el régimen jurídico que les es aplicables a quienes demandaron”. El régimen es de 40 horas semanales. “No se advierte tampoco la violación del derecho al trabajo o del derecho a la debida remuneración salarial aludida por los reclamantes, en tanto el régimen jurídico readecuado en aplicación de normas (…) se ajusta al régimen estatutario que constitucional, legal y reglamentariamente corresponde a los actores”.

El Poder Ejecutivo explicó que con el decreto que hoy se impugna, pretende “ordenar y uniformizar” el cumplimiento de la función pública. “Lo único que se pretende sucintamente es que los funcionarios cumplan con la carga horaria que tienen en sus cargos presupuestales, por la cual se ajusta la remuneración a lo ya expresado.

Además se explicó que los demandantes tienen su disposición “otros medios hábiles para el amparo de su pretensión consagrados en el régimen jurídico constitucional y legal vigente”. “En consecuencia se desestimará la demanda conforme a los argumentos invocados”, concluyó.

"Lo importante de este fallo es que pudo hacer un análisis que nosotros entendemos absolutamente correcto", manifestó el secretario de la Presidencia, Alberto Breccia. "Entendió que el decreto -dictado por el Poder Ejecutivo y que estableció un horario mínimo de seis horas- era absolutamente ajustado a derecho".

Según el jerarca, ahora el Poder Ejecutivo no tiene solamente "un fallo que establece que la acción de amparo no es la correspondiente para recurrir a este tipo de decreto", sino que además, "ha entendido que el decreto es legal, es ajustado a derecho". "Para nosotros, eso es un fuerte respaldo a una posición que venimos sosteniendo, cuando pretendimos comenzar a ordenar el régimen horario en relación a los vínculos laborales del Estado con sus funcionarios".