El fallo del Tribunal de Apelaciones de Tercer Turno descarta la hipótesis de suicidio que se manejó durante la dictadura para este caso. Ese argumento también fue usado por la defensa de Dalmao. “Asistimos a un caso de homicidio y no de suicidio, como insistentemente ha manifestado la Defensa en base a elementos que provienen del expediente militar agregado por cuerda y que, a criterio de la Sala, su poder convictivo se ha licuado a lo largo de la instrucción”, dice el fallo de manera concordante con el procesamiento en primera instancia.
Ese homicidio tuvo lugar durante un interrogatorio con apremios físicos llevado adelante por Dalmao, en ese entonces un alférez de 22 años.
Además de las contradicciones e inconsistencias de la hipótesis de un suicidio, el fallo también cita un dictámen psicológico que define a Sabalsagaray como “una joven vital, pujante, optimista, expresiva y sociable, todo lo cual la colocaban en las antípodas de la autoeliminación”. “Entonces, (si se trataba de) una joven militante detenida y encapuchada, puesta en una sala de aislamiento del cuartel, bajo la vigilancia ininterrumpida de la guardia, resulta para la Sala ingenuo y hasta pueril sostener que se ahorcó con un pañuelo de seda que por error se le permitió permanecer consigo”.
A criterio del tribunal “puede sostenerse razonablemente que el encausado Dalmao (…) cumpliendo con la misión que de suyo le correspondía cual era la de interrogatorio de los detenidos en la lucha contra la subversión, interrogó a Sabalsagaray y se sirvió de la violencia para obtener la información que requería, sobreviniendo la muerte de la referida en tales circunstancias”.
El Tribunal también confirmó el procesamiento del otro encausado en este caso, José Chialanza.
El procesamiento de Dalmao había sido resuelto por el juez Rolando Vomero, el 8 de noviembre de 2010, a pedido de la fiscal Mirtha Guianze. En ese entonces, el militar era jefe de la División Ejército IV. Además, había sido el primer militar ascendido a general por Tabaré Vázquez.
El caso
Sabalsagaray fue detenida el 29 de junio de 1974 por funcionarios militares y conducida al Batallón de Transmisiones Nº 1, unidad militar cuyo comandante era Chialanza y donde el entonces alférez Dalmao estaba a cargo del área de la llamada "lucha antisubversiva".
Las investigaciones de este asesinato pudieron continuar porque la Suprema Corte de Justicia declaró incostitucional la Ley de Caducidad para este caso.