La Apostilla consiste en colocar sobre el propio documento público una apostilla o anotación que certifica la autenticidad de los documentos públicos expedidos en un país e invocados en otro.
Los países firmantes de la Convención de la Apostilla reconocen, por consiguiente, la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros Estados Parte y que estén “apostillados”.
Jorge Muño, subdirector general para asuntos consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, dijo a No toquen nada que ahora el proceso de autenticación de documentos es más simple. “Es una simplificación de toda la cadena de legalización que tenía antes”, dijo Muño.
La Apostilla de La Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un Estado Parte del Convenio y que se pretendan utilizar en otros Estados Parte. Los documentos emitidos en un Estado Parte del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro Estado Parte del Convenio, sin necesidad de otro tipo de acreditación de autenticidad.
La apostilla es aceptada por 104 países en forma recíproca. Es decir, los documentos que fueron legalizados con la apostilla en cualquiera de estos países que suscribieron el convenio serán aceptados también en Uruguay.
Entre los países que Uruguay tiene más relacionamiento están Argentina, Estados Unidos, España y México, pero no está Brasil.
Muño dijo que con la autenticación de documentos con la apostilla se ahorra tiempo y dinero. Por ejemplo, una partida de nacimiento se solicita en el registro de estado civil, le ponen la apostilla por un costo de 298 pesos, y ese papel no tiene llevarse al consulado del país de destino, ni por la Cancillería de ese país, ni por el consulado uruguayo en el exterior. “Va directamente al organismo público que necesita ser presentado ese papel”, explicó Muño.
El trámite no necesariamente debe ser personal sino que puede realizarlo un familiar o un tercero. El documento no posee vencimiento y requiere la presentación de la documentación a apostillar, el abono del arancel correspondiente y el retiro de la documentación apostillada.