Espectáculos públicos deberán ser accesibles para discapacitados

La Junta Departamental aprobó por unanimidad un decreto que garantiza la accesibilidad a espectáculos públicos para personas con discapacidades. El incumplimiento podrá provocar el cierre de locales o su clausura hasta por 90 días.

Actualizado: 23 de mayo de 2013 —  Por: Redacción 180

Espectáculos públicos deberán ser accesibles para discapacitados

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Los espectáculos públicos deberán tener espacios reservados para personas con discapacidades, indica el decreto. Además, los locales deberán contar “con una adecuada señalización de los caminos que conducen a las gradas, butacas, espacios reservados, servicios gastronómicos y baños para el público”, lo que implica la eliminación de barreras físicas que impidan el ingreso.

Maite López, la edila del Frente Amplio que impulsó el proyecto, contó a 180 que la Comisión de Discapacidad y Accesibilidad recorrió el Estadio Charrúa, el Estadio Centenario y el Teatro de Verano para tener un panorama de la situación. En el único lugar que encontraron todo en orden fue en el Teatro de Verano, ya que en los otros dos “no hay ningún acceso específico, sino que todo lo contrario, hay problemas de accesibilidad: si una persona en silla de ruedas quiere entrar es muy difícil”.

El proyecto inicialmente está pensado para los espectáculos de índole artístico. El cumplimiento de estas medidas en las diferentes canchas del fútbol uruguayo dependerá de la reglamentación, dijo López.

“Cuando se haga un espectáculo público el lugar tiene que ser accesible”, señaló. “La empresa o el director del espectáculo” es el que tiene que asegurar eso, agregó.

También los escenarios deberán tener las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad de artistas con discapacidades y en los espectáculos se permitirá el ingreso de animales que asistan a discapacitados.

Un equipo de arquitectos de la Intendencia asesorará gratuitamente a los propietarios de locales u organizadores de eventos que no cuenten con las condiciones necesarias para realizar un espectáculo accesible. Además, se generará un “Registro de Establecimientos destinados a Espectáculos Públicos” para mantener actualizada una lista de locales habilitados.

Sanciones

El incumplimiento implicará sanciones “según la escala que determine la reglamentación, la que tendrá especial atención a la gravedad de la infracción de acuerdo a la posición en el mercado del infractor y las obras ya realizadas o no por el mismo”. López explicó que esto refiere a que “no es lo mismo un megatoque que un espectáculo en un boliche”. “Hay que tener una atención especial a si es un espectáculo de peso: si no hace el lugar accesible tiene que tener una sanción más grande”, dijo.

La Intendencia colocará en el frente e interior de cada establecimiento un cartel que “indique claramente el carácter de infractor del local” por un plazo de treinta días a partir de la fecha de constatada la infracción.

“Se podrá ordenar la clausura definitiva del establecimiento” en casos de reiteración o de infracciones graves. También se podrá clausurar temporalmente hasta por 90 días o hasta que se arreglen los problemas del local.


Documentos adjuntos:

Decreto aprobado por la Junta Departamental.