Los uruguayos residentes en el exterior sostienen que la negativa al voto epistolar es discriminatoria porque los uruguayos de Argentina y Brasil vienen a votar porque están cerca por lo que es inchoherente que la inhabilitación pase por la medida discriminatoria que vota quien puede pagarse un pasaje de avión.
Redoblando la apuesta, y aceptando que se trata de una mirada discriminatoria, el diputado del Partido Nacional, Álvaro Lorenzo, dijo el jueves en el programa No Toquen Nada que según su punto de vista ningún uruguayo residente en el extranjero debería estar habilitado a votar, aún cuando se traslade al territorio nacional para el acto eleccionario.
Con un murmullo ensordecedor, el senador socialista Reinaldo Gargano fue el primero en argumentar a favor del voto epistolar. Dijo que el Frente Amplio está comprometido con los cientos de miles de uruguayos en el exterior que hoy no pueden ejercer sus derechos civiles y dijo que de no aprobarse sólo tendrían participación política los urugayos privilegiados con medios para trasladarse.
El debate transcurrió entre el concepto de ciudadanía, la conveniencia político electoral del voto epistolar, sobre el derecho a tomar decisiones viviendo en el exterior e incluso se planteó la discusión política sobre el concepto de representatividad en el sistema presidencialista y parlamentarista.
Desde el Partido Nacional, el diputado Alvaro Lorenzo dijo que el voto en contra se justifica por cuestiones de forma y de fondo. De forma, porque a criterio del Partido Nacional el voto epistolar viola las garantías mínimas del acto eleccionario según establecen las normas uruguayas: en un cuarto secreto y con presencia de la Corte Electoral y delegados de todos los partidos políticos. De fondo, porque no está en línea con el concepto de ciudadanía integral que definde Lorenzo, y que supone derechos y deberes, los que deben ejercerse dentro del territorio nacional donde el estado tiene el poder coercitivo.
Lorenzo agregó: “no hay ningún sistema de comunicación que sustituya la vivencia previa al voto” ni un sistema que “asegure después la responsabilidad del ciudadano cuando se tenga que hacer cargo del resultado después que votó”.
El diputado del Partido Colorado, Washington Abdala, dijo que se está haciendo un uso político electoral: “yo sé que más de uno está impulsando esta candidatura con una lectura electoral, y se equivoca”. Abdala dijo que el Partido Colorado está a favor de que los uruguayos en el extranjero tengan algún nivel de representación en el país, pero no el proyecto de reforma propuesto el miércoles.
Desde filas del otro partido de oposición, el partido Nacional, dijo que el partido de gobierno está utilizando las emociones con fines electorales. Jaime Trobo afirmó que “es notorio que el Frente Amplio busca generar un hecho político que sin duda tiene el objetivo de explotar la sensibilidad de los compatriotas que están en Uruguay y en el exterior” y que les “duele que se pongan las emociones de los que están lejos al servicio de una campaña electoral”.
Sobre la mitad del debate parlamentario hubo un quiebre argumental cuando el diputado colorado Washington Abdala, mostró su faceta docente y quiso darle una dimensión más profunda al debate, pero no tuvo eco de ningún partido. Abdala dijo que se trata de un tema político de fondo y citó como ejemplo de la dificultad del tema, los dilemas sin respuesta del politólogo francés Maurice Duverger quien en su libro “Sociología Política” se cuestiona: "'¿Qué influye más el sistema político como tal: unipartidista, bipartidista, tripartidista, o el sistema electoral? ¿Quién hace nacer a quien?' Y no tiene conclusión hasta hoy”.
El proyecto que se plebiscitará en octubre agrega al artículo 77 de la Constitución un nuevo numeral que establezca el derecho a sufragar desde el extranjero tanto en elecciones como en plebiscitos o referéndum.
El texto propuesto dice: “Los ciudadanos uruguayos habilitados para votar tienen derecho a ejercer el sufragio en elecciones, plebiscitos o referéndum, desde cualquier país donde residan o se encuentren, por vía epistolar. Además de esa vía, la Corte Electoral podrá instrumentar otros procedimientos siempre que asegure que el sufragio se ejerza con las mismas garantías que en el territorio nacional. La Corte Electoral, bajo su más seria responsabilidad, se abocará, a partir de Agosto de 2010, a instrumentar todos los aspectos necesarios para el ejercicio de este derecho, garantizando el acceso a las hojas de votación”.