“Nuestro país tenía una Ley de Empleo Juvenil basada en exoneraciones de impuestos pero a partir de la reforma tributaria no es efectiva. Por tanto, lo que se plantea en este proyecto es que a partir del Fondo de Reconversión Laboral se incentive la contratación de jóvenes por parte de empresas”, explicó el representante.
El proyecto pretende generar oportunidades para el acceso al mundo del trabajo en relación de dependencia, así como la realización de prácticas laborales en el marco de programas educativos y de formación y la promoción de emprendimientos juveniles autónomos.
Asimismo puntualizó que “el objetivo fundamental es promover el trabajo decente entre los jóvenes y que las empresas que contraten, tengan subsidios”. En 2010, indicó citando el informe del Instituto de la Juventud de ese año, del 93% de los jóvenes que accedieron a un primer empleo, el 55% no hacía aportes jubilatorios y el 14% no lo hacía por el total de sus ingresos.
Antes de cumplir los 18 años, alrededor del 44% de los hombres tienen su primera experiencia laboral mientras que en las mujeres el porcentaje es menor, un 29%. En cuanto al mecanismo con el que cuentan para acceder al mercado laboral, agregó, es en un 72% a través de vínculos particulares, 22% por medio de agencias de empleo, avisos, concursos, etc., 2% consiguen el trabajo por cuenta propia y 1% utilizando programas públicos.
El diputado explicó que el trabajo está combinado con el estudio ya que va dirigido a jóvenes entre 15 y 29 años. “Se está pensando en un mecanismo de protección de trabajo y estudio dentro de condiciones de empleo juvenil digno, con las mismas prestaciones de seguridad que tiene cualquier trabajador”, dijo Puig.
Para jóvenes de 15 a 24 años, que no hayan tenido experiencia formal de trabajo – por un plazo mayor a 90 días de corrido- las contrataciones no podrán ser menores a seis meses ni exceder el plazo de un año. El joven podrá ser contratado bajo esta modalidad por una sola vez.
Los plazos de contratación serán los mismos para aquellos jóvenes que ya hayan egresado, tengan hasta 29 años y estén buscando su primer trabajo. En este caso, el joven deberá comprobar el egreso de centros públicos o privados habilitados de enseñanza técnica comercial, agraria o de servicios.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social elaborará y articulará las acciones y programas de promoción del trabajo decente juvenil en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Desarrollo Social a través del Instituto Nacional de la Juventud, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la Administración Nacional de Educación Pública, el Banco de Previsión Social y el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional.
Por otro lado, las empresas u organismos que incorporen jóvenes a su plantilla deberán acreditar que se encuentran en una situación regular de pagos y no pueden haber rescindido unilateralmente ningún contrato laboral ni haber realizado envíos al seguro por desempleo durante los 90 días anteriores a la contratación.