El fallo de la Corte declaró inconstitucional un párrafo de la ley de drogas, donde se castiga a quien posea estupefacientes para consumo personal, hasta con dos años de cárcel.
El caso puntual que derivó en esta decisión fue el de cinco jóvenes que tenían tres cigarrillos de marihuana cada uno en sus bolsillo. Los jóvenes, no adictos, “no hacían ostentación ni afectaban la salud pública o a terceros porque se supone que los fumarían en forma privada”, informa el diario argentino Clarín. “El criterio de la Corte es que se trata de una decisión del ámbito privado protegida por la Constitución Nacional”, agrega el periódico.
La discusión se basó en diferenciar “las acciones privadas de los hombres que no ofendan al orden y a la moral pública ni perjudiquen a un tercero" del "peligro abstracto" que implicaría tener un cigarrillo de marihuana en un bolsillo, sin fumarlo en público ni hacer apología del consumo de drogas.
Los siete miembros de la Corte expusieron diferentes argumentos para defender la despenalización. De todas formas, fuentes del Tribunal advirtieron al diario Clarín que este fallo “no significa un permiso legal para consumir indiscriminadamente".
La decisión tomada por la Corte Suprema deberá aplicarse de ahora en más por tribunales inferiores.
Al igual que sucede en Uruguay, no está determinada cuál es la cantidad para uso personal.