Tope salarial para funcionarios de las intendencias pero no para los intendentes

El Senado aprobaría la Rendición de Cuentas con un tope salarial que incluye a los funcionarios de las intendencias pero no a los intendentes, según lo votado el jueves por mayoría en la Comisión de Hacienda.

Actualizado: 09 de setiembre de 2016 —  Por: Redacción 180

Tope salarial para funcionarios de las intendencias pero no para los intendentes

adhoc ©Santiago Mazzarovich

Los senadores terminaron de votar en comisión los artículos de la Rendición de Cuentas.

En el artículo 10 se amplía el tope del 60% del sueldo del presidente -ya existente para muchos espacios del Estado- para que sea más abarcativo y alcance también a las intendencias.

En Diputados las intendencias quedaron excluidas de este artículo porque no se llegó a dos tercios necesarios por el voto negativo del Partido Independiente y el Partido Nacional. En Senadores estarían los votos porque alcanza con el voto del Partido Colorado junto al Frente Amplio para llegar a los dos tercios.

Las grandes novedades que quedan bajo el tope para las nuevas contrataciones a partir de la promulgación de la ley son las de quienes prestan “servicios personales en organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución; los Gobiernos Departamentales; las personas de derecho público no estatal y las entidades de propiedad estatal en las que el Estado o cualquier entidad pública posea participación mayoritaria, cualquiera sea su naturaleza jurídica, la naturaleza de su vínculo y su financiación".

Cuando este artículo de la Rendición se discutió en diputados el PN y el PI no acompañaron la expansión del tope a las intendencias. En el debate en sala el independiente Iván Posada dijo que aplicar ese límite a las intendencias sería inconstitucional.

“Hay en su redacción una grosera violación desde el punto de vista constitucional por cuanto los gobiernos departamentales tienen total y absoluta autonomía a los efectos de fijar, entre otras cosas, los salarios de su personal, y en particular el del intendente. Por lo tanto una ley de carácter nacional no puede establecer ningún tope”, expresó.

En aquel momento el diputado frenteamplista de Asamblea Uruguay, Alfredo Asti, dijo que la medida si es constitucional para los funcionarios de las intendencias si se aprueba por dos tercios en el parlamento.

“El artículo 64 de la Constitución establece que la ley por dos tercios de voto del total del componente de cada cámara podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los gobiernos departamentales y de todos los entes autónomos o de algunos de ellos, según los casos. Para los funcionarios que están incluidos en los artículos que menciona la Constitución como funcionarios públicos, esta aprobación por dos tercios de las cámaras los va a incluir”, explicó.

El tope salarial de los trabajadores del sector público en el 60% del salario del presidente existe desde hace más de una década. Sin embargo, no llega a todos los sueldos pagados por el Estado.

El artículo 10 del proyecto de Rendición de Cuentas propone la modificación del inciso tercero de la ley 17.552 de 2002, la Rendición de Cuentas de ese año. En el artículo 21 de esa ley, bajo el subtítulo "Topes retributivos y readecuación salarial" se establece: "Ninguna persona física que preste servicios personales al Estado, cualquiera sea la naturaleza  del vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes, por todo concepto, por el desempeño conjunto de  sus actividades, superiores al 60% (sesenta por ciento) de la retribución total sujeta a montepío del Presidente de la República".

El último inciso del artículo propuesto en la rendición señala que el nuevo alcance de la limitación "regirá para aquellas contrataciones efectuadas partir de la promulgación de la presente ley", por lo que no tendría efectos en quienes ya están ganando más que el tope del 60% del salario del presidente.

Según la página web del BPS, el valor actual, de ese tope es de 259.900 pesos nominales. Según la planilla que se presenta existen algunos contratos alcanzados actualmente por ese tope en el organismo.