Rige decreto que multa por ruidos molestos de alarmas

Desde el sábado está vigente en Montevideo una nueva normativa departamental que regula el sonido de las alarmas y pone sanciones a quienes no respeten los límites.

Actualizado: 03 de febrero de 2020 —  Por: Redacción 180

Rige decreto que multa por ruidos molestos de alarmas

Ricardo Antúnez / adhocFOTOS (Todos los derechos reservados)

Según el decreto aprobado en diciembre las alarmas no pueden emitir “ruidos más de un minuto” ni tener una “frecuencia de actividad repetida, de más de tres veces en 6 minutos de duración de más de 10 segundos”.

El texto también señala que “la situación se agrava si el ruido se produce en horas nocturnas o afecta la atención de pacientes internados en centros de asistencia médica, instituciones educativas, dependencias policiales o militares, establecimientos de detención”.

Las multas establecidas para titulares de automóviles o edificios que sean sancionados por inspectores municipales va desde la sanción leve de 2 Unidades Reajustables (unos 2.400 pesos), pasando por la mediana de 7 UR (unos 8.400 pesos) hasta la Grave, de 15 UR (unos 18.000 pesos).

Según el decreto la infracción debe ser constatada por un inspector, que deberá identificar el vehículo o el edificio del que proviene el ruido e identificar a las personas o instituciones damnificadas.