Los partidos políticos deberán financiar la campaña con fondos propios ya que no van a percibir ingresos de financiamiento público como lo hacen en las elecciones nacionales.o será una elección sin control del financiamiento ni de la veda de publicidad.
Los partidos políticos están llevando adelante una campaña con sus propios recursos, ya que no está previsto el pago por voto.
Esta elección está regulada por la ley 16.017 de 1989, que es una modificación de la ley de elecciones de 1925.
El ministro de la Corte Electoral en representación del Frente Amplio, Pablo Klappenbach, explicó que “la normativa sobre referéndum no incluye temas que tengan que ver con la publicidad ni con el financiamiento. La ley que establece que hasta 30 días antes de las elecciones departamentales o nacionales, o 15 días antes del balotaje, no se puede hacer propaganda en los medios de comunicación, aquí no se aplica”.
“La ley no tiene previsto que se haga una análisis por parte de la Corte Electoral del financiamiento de la campaña de referéndum. Por tanto no es potestad de la Corte hacerlo”, agregó.
La ley que regula el financiamiento de los partidos políticos, tanto público como privado, es la ley 18.485 de 2009, que determina condiciones de financiamiento, exige la presentación de una rendición de cuentas y determina cuánto el Estado paga por voto dependiendo de cada elección.
La ley 17.045 que es la que regula las vedas de publicidad electoral tampoco rige para los plebiscitos. Ya que especifica los períodos habilitados para emitir publicidad electoral y no menciona a los plebiscitos y referendums.
Lo que sí rige es la veda de publicidad de las 48 hs anterior a la elección, así lo establece la ley N° 16.019.
Los partidos políticos deberán financiar la campaña con fondos propios ya que no van a percibir ingresos de financiamiento público como lo hacen en las elecciones nacionales.