La planilla de cálculo permite obtener un valor aproximado de la retención a efectuar sobre
las remuneraciones de diciembre de 2009, que en la mayoría de los casos serán
percibidas en enero de 2010. Esto es de acuerdo a la normativa vigente del denominado “ajuste anual”.
Según la DGI, para el medio aguinaldo correspondiente al primer semestre de 2009, la retención del IRPF se basó en parámetros diferentes al criterio general. Este cambio tuvo como objetivo bajar el monto de los créditos generados a fin de año y así eliminar el perjuicio financiero que estos significaban para algunas personas, sobre todo, aquellas a las que el impuesto anual devengado les resulta nulo.
Además, aclara que este es el caso de personas con IRPF anual cero, con ingreso mensual por debajo del necesario para generar una retención, pero que con la acumulación con el aguinaldo -bajo el criterio anterior- resultaban sujetos de una retención en el mes correspondiente al mismo y por lo tanto generaban un crédito.
“Es probable que, debido a la menor retención sobre los aguinaldos efectuada en junio, en muchos casos el monto a retener por la remuneración de diciembre sea mayor al promedio mensual de las retenciones en lo que ha transcurrido del año”, se explica. “Es por esto que la DGI recomienda hacer uso de esta planilla de cálculo y así tener una adecuada previsión del ingreso disponible, considerando el cobro del segundo medio aguinaldo y el sueldo de diciembre a cobrar en enero de 2010”, agrega.
Esta planilla también es válida para quienes hicieron la opción de reducción de retención por
núcleo familiar (Resolución de la DGI Nº 1975/2008).
La planilla se encuentra disponible en la página de oficial de la DGI