Allí se recuerda que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua “deberá proteger el derecho de los usuarios y consumidores” y, con ese motivo, es que resuelve prohibir “la comercialización del calentador de agua instantáneo tipo ‘SUN’ fabricado por Beta Ltda., así como de todo otro producto similar que se comercialice en plaza, ya que los mismos no cumplen con los requisitos esenciales de seguridad”.
La URSEA solicita el cese de la comercialización del producto eléctrico y ejecutar “las acciones pertinentes para la difusión de la prohibición de comercializar artículos como el descrito, a los que se hace extensiva la prohibición de comercialización”.
Eduardo Sellanes, presidente de la URSEA, explicó a No Toquen Nada que la decisión fue adoptada “luego de un largo procedimiento y de la intervención de los fabricantes del producto”. El proceso se inició por la denuncia de un consumidor.
“Ursea tiene como cometido la defensa de los derechos del usuario y de los consumidores: primeramente surge el derecho a la seguridad de los productos que se comercialicen en plaza, contra riesgo a la salud y a la vida”, puntualizó Sellanes.
La prohibición del uso del SUN y la recomendación de no utilizarlo se basa en que “estos aparatos no disponen de nada más que una aislamiento básico, recayendo la protección –en caso de falta de esta aislamiento- en el entorno en que se encuentra el aparato”. “Estos aparatos no cumplen con los mínimos requisitos de seguridad, por no tener un sistema aislante”, resumió.
El SUN –Soy una novedad- fue inventado por el uruguayo Carlos Caggiani en el año 1962.