Juez entendió que repetición de la niña de los Maristas fue “manifiestamente ilegítima”

“El déficit atencional y cierto grado de dificultad motriz no puede ser utilizado, como lo hace la institución, para impedir que la niña avance en su educación escolar”.

Actualizado: 14 de febrero de 2018 —  Por: Redacción 180

Juez entendió que repetición de la niña de los Maristas fue “manifiestamente ilegítima”

Adhoc ©Pablo Vignali

Este es un fragmento del fallo del juez de familia Gerardo Álvarez que decidió, frente a un recurso de amparo, que una niña que quedó repetidora en cuarto año del Colegio Maristas pase a quinto año.

La demanda de los padres se basa en una resolución del Codicen (acta 119, del 14 de noviembre de 2017) que señala que la repetición es una decisión del maestro de clase pero que, además, debe tener en cuenta los informes técnicos pertinentes en ciertos casos.

Los técnicos que trabajan con la niña fuera del colegio señalaron que ella tiene problemas motrices pero tiene un buen nivel intelectual y excelente expresión oral. Además, dijeron que la repetición se informó tarde, en noviembre, y que el colegio no se adaptó al ritmo de la niña. Afirman también que no fueron consultados y que consideran que la niña tenía potencial para seguir adelante hasta quinto.

El juez afirma en su resolución que “existen elementos firmes y concretos que analizados a la luz de la sana crítica ven que la decisión que quede repetidora es manifiestamente ilegítima y que afecta el derecho a la educación”.

Si bien el derecho al acceso a la educación no fue afectado, ya que la niña podría continuar en otra institución, el juez entiende que “se afectó un derecho intrínsico aún más esencial de todo niño o adolescente que es la razonable expectativa de seguir avanzando en su educación y preparación con una flagrante violación a lo recomendado en el artículo 1 de la resolución 119”.

El magistrado agrega que “la limitante en cuanto a la motricidad para la escritura y cierto grado de déficit atencional no son (...) razones valederas para no ser promovida, máxime si se tiene en consideración que desde la oralidad la menor en cuestión compensa su limitación en la escritura”.

Para el juez, fue el colegio el que “no logró abordar adecuadamente el referido potencial (de la niña) y en consecuencia desarrollarlo. No se puede someter a un niño a una frustración tan grande como lo es la repetición, cuando la verdadera carencia fue de la propia institución en no saber enfrentar adecuadamante la problemática”.

El colegio apeló y un Tribunal de Apelaciones decidirá la próxima semana.

“Presiones” a la justicia

El abogado de la familia, Bruno Rivero, señaló que ve con preocupación que se están alzando ciertas voces desde las autoridades que presionan a la justicia y que se sugiere que habrá reuniones. Refería a declaraciones de los consejeros de Primaria y del sindicato de trabajadores de la educación privada que cuestionaron la decisión judicial.

“Lamentablemente hemos podido visualizar que se ha intentado hacer llegar algunas voces a ministros de la Suprema Corte que entendemos no son las adecuadas. Al menos no son oportunas. No es este el momento en el que debería haber una reunión cuando hay un juicio en trámite”, dijo

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