Casi 10% de envíos al seguro de paro son por despido

"Menos de un 10% de solicitudes de seguro de paro son por despido, eso es lo preocupante, porque a la vuelta esa gente se queda sin trabajo", dijo el representante de los trabajadores en el directorio del BPS, Carlos Clavijo.

Actualizado: 25 de marzo de 2020 —  Por: Redacción 180

Casi 10% de envíos al seguro de paro son por despido

adhoc Ricardo Antúnez

En la primera semana de la emergencia sanitaria el número de solicitudes de envío de trabajadores al seguro de paro marcó un récord. El lunes 23, en un solo día, se recibieron solicitudes para 10.000 trabajadores, una cifra similar al promedio mensual, que es de 11.000.

Hasta el 15 de marzo el BPS tenía 7929 solicitudes, pero desde el lunes 16 hasta el lunes 23 se sumaron 44.131, lo que completa una cifra de 52.060 en lo que va del mes. 

Según informaron a No Toquen Nada desde el BPS, el número de solicitudes promedio mensual era de 11.000.

La cifra refiere a solicitudes, no todas están aprobadas. Según los datos del BPS, la rama de actividad que envió más trabajadores al seguro de paro es el comercio con 14.750 solicitudes, seguida por la industria con 8.375 y los servicios de alojamiento y comida con 7.471. 

El representante de los trabajadores en el directorio del BPS, Carlos Clavijo, señaló que se trata de una cifra récord.

"La gran mayoría, el 90%, son por suspensión, quiere decir que mantienen el vínculo laboral. Menos de un 10% son por despido, eso es lo preocupante, porque a la vuelta del seguro de paro, esa gente se queda sin trabajo", dijo.

El 18 de marzo el MTSS emitió un decreto por el que se habilitaba el seguro de paro parcial para los trabajadores del comercio, servicios de alimentación, servicios culturales y agencias de viajes. Dos días después amplió este beneficio a todas las ramas de actividad.

El seguro de paro parcial contempla dos posibilidades:

- Medio horario: permite que los trabajadores trabajen el 50% de su jornada, cobre el equivalente por parte del empleador y el BPS le paga el 25% del promedio de las remuneraciones de los últimos seis meses.
- Seguro de paro parcial: se elimina la limitante temporal que tienen los trabajadores mensuales, permitiendo el envío al seguro de paro por un plazo mínimo de 6 días. En el régimen normal los trabajadores mensuales tienen un mínimo de un mes, más los días que faltan para finalizar el mes anterior. Por ejemplo, si un envío al seguro de paro se realiza el 24 de marzo (hoy), se contabiliza desde el 24 de marzo al 31 de abril. Esta limitante no la tienen los trabajadores jornaleros ni los destajistas. 

El BPS publicó un instructivo con los detalles para acceder al subsidio.

Clavijo explicó que las empresas que hayan solicitado el seguro de paro común en estos días, pueden pasar a este nuevo sistema.

"Tendrían que hacer una rectificativa diciendo que se acogen al seguro de paro especial, ahí el seguro de paro de todos esos trabajadores cambiaría al nuevo. Lo importante es que no te gasta los créditos que ya tenés adquiridos del seguro de paro anterior, aparte cubriría a aquellos que ya gastaron los créditos y no tendrían derecho a seguro de paro", explicó.

Además el MTSS habilitó a que los trabajadores puedan adelantar licencia a generarse este año, siempre que sea acordado por el trabajador y el empleador. El periodo de tiempo de la licencia podrá ser la totalidad o parte con un mínimo de 10 días. 

Proyectos aprobados en el Senado

Exoneración de aportes

El Parlamento aprobó el proyecto de ley que exonera el 40% de los aportes personales y los patronales dentro del régimen industria y comercios para empresas con menos de 10 empleados, los monotributos y los monotributos MIDES. 

El restante 60% se abonarán en seis cuotas iguales a partir de junio. Estos beneficios serán aplicables a los tributos entre el 1 de marzo y 30 de abril.

Covid 19 es enfermedad profesional

También se aprobó un proyecto de ley que establece que el Covid 19 se considera enfermedad profesional por el tiempo que dure la emergencia sanitaria. Contempla a funcionarios médicos y no médicos de las instituciones privadas de salud (en los públicos ya rige), y siempre que se compruebe que el contagio de la enfermedad se produjo en el desempeño de sus funciones laborales.