Acceso a la información pública: un “cambio de cabeza” que requiere compromiso de los jerarcas

El presidente de la Unidad de Acceso a la Información Pública, Gabriel Delpiazzo, dijo que el cambio de gobierno no es el motivo del aumento de los rechazos de pedidos de acceso a la información.

Actualizado: 21 de junio de 2021 —  Por: Redacción 180

Acceso a la información pública: un “cambio de cabeza” que requiere compromiso de los jerarcas

Gabriel Delpiazzo (Presidencia)

Delpiazzo, que llegó al cargo en el gobierno anterior, habló con No toquen nada luego del debate nacional e internacional por las denuncias del informe de la organización Cainfo (Centro de Archivos y Acceso a la Información pública), fundamentalmente luego de una nota en el canal en español de la cadena alemana DW.

Delpiazzo trabaja en la unidad desde noviembre de 2012, en el gobierno de José Mujica. Además, desde 2018 ejerce la Presidencia de la Red de Transparencia y Acceso a la Información de Iberoamérica.

Para el presidente de la Unidad hay un tema cultural que no fue resuelto en el Estado 13 años después de aprobada la ley.

“Esto es un tema cultural. En 2008 tuvimos una ley que cambia un paradigma, que dice que ahora la información que los organismos tienen no es más un activo del funcionario sino que tiene que estar disponible para todo aquel que quiera verlo. Eso cambia la cabeza a la que veníamos acostumbrados desde antes”, afirmó.

El funcionario dijo que estos cambios no se dan de un día para el otro. Dijo que en 13 años se ha avanzado muchísimo pero todavía hay “resabios”. “Yo los atribuyo a eso, a que todavía el organismo cuando recibe un pedido de información lo toma como que lo tiene que contestar además de todo el trabajo que tiene. La lógica es que contestar ese pedido es parte del trabajo”, señaló.

La ley de acceso a la información pública, votada en 2008 y reglamentada en 2010.  Tiene el objetivo básico de “promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública”.

La ley creó una unidad en el ámbito de Agesic que es la encargada de controlar el cumplimiento y orientar a las solicitantes en los pedidos. Además, los solicitantes pueden recurrir a la Unidad en caso que los sujetos obligados no cumplan. También brinda capacitación y asesoramiento a los organismos. Funciona con un Consejo Ejecutivo de tres miembros y un Consejo Consultivo de cinco miembros donde están representados el Poder Judicial, la Fiscalía, el Parlamento, la Udelar y un representante de la sociedad civil (CAinfo).

CAinfo es una asociación civil sin fines de lucro que desarrolla acciones en Uruguay por el derecho a la información pública, la libertad de expresión y la participación social. Funciona desde 2008 y forma parte de alianzas regionales con otras organizaciones vinculadas al tema.

Desde 2014 CAinfo elabora un informe: “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay. Informe de Monitoreo de Amenazas”.

Según el informe anual, entre el 1 abril del 2020 y el 31 de marzo del 2021 se registraron 30 restricciones al acceso a la información pública. De estas, 28 tienen que ver con pedidos de acceso a la información pública a través de la ley 18.381 aprobada en 2008.

Para Delpiazzo no hubo un cambio de rumbo en el cumplimiento de la ley con la asunción del nuevo gobierno.

“En todo caso sí la pandemia puede haber significado un cambio en la cantidad de solicitudes. Es cierto que hubo muchas relacionadas con esa materia, por lógicas razones sanitarias, económicas, sociales. Pero yo creo que se sigue avanzando progresivamente en materia de transparencia siendo conciente de que nos quedan muchos desafíos por delante. Todavía ocurre que pedidos de acceso a la información pública no son contestados por el organismo. Me parece que es un supuesto que hay que distinguir de aquellos en que sí son contestados pero no se brinda la información por alguna razón”, afirmó.

La ley establece los criterios en los que una información puede ser considerada reservada y hay pedidos de acceso que son rechazados porque el organismo entiende que los datos solicitados tienen esa condición.

La ley de acceso a la información pública establece en sus artículos 8, 9 y 10, las condiciones para que una información sea declarada reservada o confidencial. Si la persona que pide la información tiene otra interpretación, la ley habilita una instancia judicial breve para reclamar el acceso.

Otra cosa es que el sujeto obligado no responda el pedido de acceso a la información en los plazos previstos. El artículo 18 de la ley lo denomina “silencio positivo”, o sea, una vez vencidos los plazos el organismo está obligado a dar la información, pero esto no se cumple.

Según los datos publicados en el informe de CAinfo:

  • hubo 12 pedidos de acceso a la información pública no respondidos
  • 12 declarados confidenciales o reservados
  • 2 donde se entregó información incompleta 
  • 2 donde el organismo manifestó no contar con la información requerida.

Lo que más le preocupa a Delpiazzo, no de ahora sino desde siempre, son los casos de no respuesta. Incluso, hay ocasiones que los solicitantes recurren a la Unidad, que intima al organismo y este no responde, lo que para Delpiazzo “deslegitima la herramienta” y es una violación a la ley.

“Cuando no contestan un pedido en tiempo hay un incumplimiento de la ley. La Ley de Acceso efectivamente prevé un proceso judicial breve, sumario, como una garantía más para el ciudadano, para el solicitante. Ahora, no podemos desconocer que el que pide información muchas veces quiere todo a un click de distancia. Primero poder encontrarlo en la web y después si es algo más específico poder pedirlo y tenerlo en plazos breves como lo marca la ley. Si a eso se le agrega el silencio del organismo y luego tienen la opción de venir a la Unidad de Acceso a la Información Pública a denunciar la situación, nosotros tratamos de dar respuesta en plazos breves o de acudir a la instancia judicial. Obviamente es una garantía, es una posibilidad que la ley prevé para el ciudadano pero no podemos desconocer las dificultades que eso implica”, explicó.

La ley prevé que ante el silencio del organismo se pueda ir a la Unidad de Acceso a la Información Pública y luego a la Justicia. Pero eso cuesta tiempo y dinero. Y muchas veces es engorroso para organismos o periodistas, mucho más para ciudadanos.

Delpiazzo sostiene que existen varios motivos por los que no se cumple con la ley de acceso a la información pública pero el principal es la voluntad del jerarca de no priorizar la transparencia.

“Que haya un compromiso de transparencia del jerarca me parece un presupuesto de todo lo demás. Que baje línea en su organismo de que esto es una prioridad. Creo que eso existe y me parece básico. Después avanzar en la capacitación que es parte de nuestra tarea, que efectivamente que el funcionario que recibe una solicitud de acceso a la información sepa cómo tiene que actuar, los plazos breves con los que cuenta para responder. Esa es una tarea que nos corresponde a nosotros, que se viene haciendo pero que obviamente es una tarea permanente, incesante. Luego podrá haber algún otro vinculado a la voluntad de un funcionario concreto pero no es lo estructural. Los organismos tienen que advertir que necesitan gente capacitada en esto, necesitan un área dedicada a contestar pedidos de información”, afirmó.

Con base en un informe de José Benítez para No toquen nada.