El “5 de oro” que logró diferenciar una tonelada de cocaína de 49 gramos de marihuana

La mujer que había sido enviada a la cárcel por intentar ingresar marihuana a la cárcel finalmente cumplirá la pena en su domicilio, con sus hijos. Una sentencia que "abre la cabeza" de una justicia que no discrimina entre una tonelada de cocaína en el puerto y 49 gramos de marihuana en el Comcar, según las defensoras de oficio Adriana Berezán y Sandra Pardías.

Actualizado: 20 de abril de 2022 —  Por: Redacción 180

El “5 de oro” que logró diferenciar una tonelada de cocaína de 49 gramos de marihuana

Adriana Berezán y Sandra Pardías (José Benítez/ No toquen nada)

Las abogadas Berezán y Pardías fueron las defensoras de esta mujer que en primera y segunda instancia había sido condenada a cuatro años de prisión por intentar ingresar 49 gramos de marihuana al Complejo Penitenciario de Santiago Vázquez (ex Comcar). La mujer tiene cuatro hijos y su situación es de vulnerabilidad.

Pardías era la defensora titular de la causa y Berezán es la directora de la Defensoría Pública de Ejecución Penal.

Berezán dijo en una entrevista con No toquen nada que en la Justicia “no se discrimina, es lo mismo que te agarren con una tonelada de cocaína en un contenedor a que te agarren con 49 gramos de marihuana”.

Sin embargo destacó que sí existe una diferencia en que “si el contenedor está en el puerto no tiene agravante y si los 49 gramos están en el Comcar son agravados con una pena mínima de cuatro años”.

La abogada recordó que una vez conocida la sentencia para que la mujer cumpla su pena en su casa, con su familia, la sensación era que “ni siquiera” se podía comparar “a un 5 de oro”.

Pardías, en tanto, estimó que esto abre “una brecha”. “Abre la cabeza para que la justicia pueda ver más allá del condenado o de la persona que va a condenar, a todo el entorno familiar y a esos niños y adolescentes que ven sus derechos humanos vulnerados totalmente”, afirmó.

Para Berezán es importante diferenciar qué es lo más grave al definir un delito y establecer el monto de una pena. Una condena con prisión en el caso de esta mujer hubiera desmenbrado a su familia y sus hijos hubieran tenido distintos destinos, dadas sus distintas edades. Sin embargo, la intervención de la Defensoría de Oficio, junto a la ONG Gurises Unidos y con el respaldo del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay y el Ministerio de Desarrollo Social, logró esta otra resolución del conficto.

“¿Qué es más grave? ¿Los 40 gramos o el contenedor, la tonelada? ¿Dónde apuntamos al focalizar y a describir delito y monto de pena? Primero creo que tendríamos que ponernos de acuerdo con eso. Y no estoy minimizando la conducta, en este caso de nuestra patrocinada, porque la norma nos impone darle importancia”, dijo Berezán.

Para la abogada no se debe perder de perspectiva la trascendencia de la pena y cómo impacta en “mujeres vulnerables, monoparentales”. Además, destacó que en este caso estaba probada “la responsabilidad maternal de esa mujer para con sus hijos. Hijos totalmente institucionalizados, escolarizados, controlados en salud, que se dan mutuamente los ojos los unos por los otros”.

“Hay un amor de familia dentro de esa vulnerabilidad que no es para ignorar porque además no es fácil de ver en cualquier ámbito”, destacó.