“Prohíbese la introducción, la producción y la utilización, en cualquier forma o bajo cualquier régimen, en las zonas sometidas a la jurisdicción nacional, de las sustancias químicas y las preparaciones o formulaciones que contengan Endosulfán”, establece el decreto.
Y agrega que “la prohibición (…) comprende toda forma de uso, incluyendo el agropecuario, industrial, doméstico, sanitario y cualquier otra forma de utilización posible de dichas sustancias. Solamente queda exceptuada la importación de cantidades de un producto químico destinado a ser utilizado para investigaciones a escala de laboratorio o como patrón de referencia”.
En Uruguay el uso de Endosulfán (prohibido en al menos 60 países) estaba hasta ahora restringido a cultivos extensivos e intensivos de soja, pero con la aprobación de este decreto queda prohibida su “producción, importación, exportación, transporte, envasado, etiquetado, almacenamiento, distribución, comercialización, uso y disposición final”.
Según la información publicada en Presidencia, en Uruguay existen sustitutos químicos de este insecticida a precios similares y registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Respecto a las sanciones, el decreto establece que se aplicará una multa de entre 100 y 5000 Unidades Reajustables a los infractores.