Unasev analiza inspección técnica obligatoria para las motos

Las motocicletas y los ciclomotores deberán pasar por una inspección técnica vehicular obligatoria cada dos años si se aprueba un decreto a estudio del Poder Ejecutivo, al que accedió No toquen nada. La inspección será para todos los vehículos, pero el foco está puesto en las motos por la cantidad de defectos que presentan.

Actualizado: 03 de febrero de 2015 —  Por: Emiliano Zecca

Unasev analiza inspección técnica obligatoria para las motos

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El proyecto de decreto reglamenta el artículo 29 de la ley de tránsito y tiene su foco puesto en las motos por la cantidad de defectos que presentan, ya que desde la Unasev creen que “hay cultura de inspección” en los demás vehículos que no se da de la misma forma en el caso de las motos.

En 2014, la Unidad Nacional de Seguridad Vial inspeccionó de forma voluntaria a unas 1.173 motos en todo el país. Casi el 40% de las motos inspeccionadas presentó algún defecto valorado como muy grave, pero las autoridades creen que la situación podría ser aún peor de lo que mostró ese trabajo. "Presumíamos que la situación era bastante complicada, teniendo en cuenta que esta inspección fue voluntaria, y la gente que fue a estas actividades estaba preocupada por la seguridad, por su vehículo, pero eso nos lleva a pensar que la situación es peor", dijo Pablo Inthamoussu, secretario general de Unasev.

En el informe publicado en enero se concluye que los resultados "refuerzan la necesidad de avanzar lo más rápidamente posible en el proyecto que se ha impulsado por la UNASEV para la implementación de la inspección técnica vehicular para las motos en todo el país".

La Unasev constató que solamente una de cada tres motos no tenía ningún defecto. El principal problema que presentaron estaba en la iluminación y la instalación eléctrica (35%). A esto le siguieron los neumáticos (22%), el sistema de dirección y suspensión (22%), el sistema de transmisión (21%) y el sistema de frenos (20%)

Inthamoussu dijo que la Policía Técnica, que concurre por orden judicial a los siniestros graves y fatales, ya los había alertado por el estado de las motos. "Estaban preocupados porque muchas motos tenían deficiencias importantes, por ejemplo, a nivel de frenos que es fundamental a la hora de evitar una colisión. En ese sentido, los datos confirman las presunciones, las preocupaciones y reconfirman la necesidad de reglamentar la inspección técnica vehicular", afirmó.

El borrador del decreto -que es estudiado por el MTOP, el Congreso de Intendentes y la Dirección Nacional de Medio Ambiente- reglamenta el artículo 29 literal D de la ley 18.191 -de 28 de Noviembre de 2007, que "establece que las condiciones del buen uso y funcionamiento de los vehículos se acreditará mediante un certificado a expedir por la autoridad competente o el concesionario de inspección técnica en quien ello se delegue, donde se establecerá la aptitud técnica del vehículo para circular”.

Inthamoussu dijo que la inspección técnica vehicular no funciona en el interior del país porque no hay quien la realice y explicó que en Montevideo tampoco funciona del todo bien porque no es obligatoria. "Según lo que nos han informado y lo hemos hablado con la IM, al no ser obligatorio y masivo, las empresas que realizan la inspección están complicadas con sus finanzas. Pero las plantas están instaladas y la IM mantiene sus controles del punto de vista administrativo, por ejemplo, para un examen práctico la IM pide el certificado de inspección vehicular vigente. Lo mismo para los trámites con respecto a los vehículos en Pedernal (empadronamiento). Pero no hay dispuesto un sistema a nivel nacional y eso se debe solucionar para que esto funcione", expresó.

El secretario general de Unasev afirmó que además de la inspección técnica vehicular obligatoria habrá un decreto complementario que pretende regular la importación para constatar la calidad de los materiales que tienen estas motos. Lo primero que se va a regular es la calidad de los neumáticos. "Van a ser como los neumáticos de autos, estamos esperando el decreto. Una persona va a la fábrica y audita el proceso para que puedan ingresar al Uruguay. Todo eso lo tenemos que hacer en las motos a nivel general. La moto es barata porque sus componentes lo son y para eso hay que ver la calidad", explicó.

¿Quién fiscaliza?

La inspección que se propone en la reglamentación será regulada por la Unasev, pero los encargados de hacerla cumplir son los gobiernos departamentales y el MTOP. La fiscalización también estará a cargo del Ministerio del Interior y además se crea un comité técnico asesor que se tiene que reunir, al menos, una vez al año para evaluar el proceso.

En esas inspecciones se clasifica de cuatro maneras a los vehículos: inspección favorable, inspección favorable con defectos leves, inspección desfavorable (no puede circular hasta que no solucione) e inspección negativa (no se puede llevar el vehículo). Los usuarios tienen un plazo de 30 días para realizar las reparaciones.

¿Cada cuánto se deben inspeccionar las motos?

En el informe de la Unasev se aprecia que antes de los dos años de uso, la mitad de las motos ya comienza a presentar defectos.

La periodicidad con que se debe realizar la inspección técnica vehicular está definida en el artículo 15 de la reglamentación que se estudia.

Allí dice que en las motos y ciclomotores de todas las cilindradas, categorías y usos, siempre que las mismas no posean certificación de calidad, la inspección deberá realizarse a partir del año de su primer empadronamiento y las sucesivas, cada dos años hasta los cinco años. Después de dicho período, la inspección se deberá realizar anualmente hasta el fin de su vida útil o habilitación para circular.

El costo para el usuario, según el proyecto, "al no existir un valor en el mercado actualmente, se fija como tarifa inicial en 100 UI (295 pesos) para vehículos de hasta 200cc, 150 UI (442 pesos) para vehículos de 200cc y hasta 500cc y mayores de 500cc 200 UI (590 pesos)".

Las sanciones por no cumplir con la inspección van desde multas hasta la cancelación definitiva de la habilitación y el impedimento de obtener otra.