Las críticas al nuevo CPP “caen por su propio peso”, según Jorge Díaz

El proceso abreviado no es un “perdonatuti”, por el contrario, es una formidable máquina de imputación penal, según el fiscal de Corte, Jorge Díaz.

Actualizado: 14 de diciembre de 2019 —  Por: Redacción 180

Las críticas al nuevo CPP “caen por su propio peso”, según Jorge Díaz

adhoc Javier Calvelo

Díaz defendió al nuevo CPP a dos años de su implementación y dijo que el proceso abreviado logra más condenas.

"Pocas veces un sistema procesal ha sido tan escrutado, tan criticado, tan cuestionado por distintos operadores del sistema político, del sistema de administración de Justicia, por la prensa y demás. Hemos mantenido siempre la misma postura: creemos que es una reforma absolutamente imrpescindible para el país que coloca a Uruguay en un régimen democrático que tiene un sistema procesal penal absolutamente garantista pero al mismo tiempo eficiente", expresó.

Con el nuevo CPP se pasó de criterio disperso sujeto a cada seccional policial sobre qué denuncias se investigaban a criterios centrales manejados por las fiscalías.

En 2016 la cantidad de asuntos penales iniciados por los Juzgados equivalió al 21,6% del total de denuncias registradas por mes en promedio ese año (4250 expedientes de 19.680 denuncias promedio por mes). Mientras que entre enero y octubre de 2019 la FGN decidió iniciar la investigación o desestimar formalmente unas 9.618 denuncias promedio por mes, es decir, el 38% del total de las 25.476 denuncias promedio registradas por mes.

También aumentó la eficacia en la persecución penal de hurtos y rapiñas.

Comparando promedios mensuales de 2017 hasta octubre y promedios mensuales 2019 hasta octubre las imputaciones crecieron 61,7% en rapiñas (de 81 a 131) y 35,6% en hurtos (de 379 a 514).

Además, considerando los procesos concluidos entre mayo y octubre de 2019. "la duración promedio general para todas las vías procesales habilitadas por el CPP fue de 24 días entre la formalización y la conclusión. Mientras que el juicio oral, la vía procesal más compleja prevista en el CPP permite resolver las investigaciones en menos de la mitad del tiempo requerido bajo el sistema inquisitivo en los juzgados de Montevideo y en menos de un tercio en los juzgados del interior".

También se invirtió la relación entre procesados y penados en la población carcelaria. Los presos sin condena pasaron de ser el 70% a fines de 2017 a ser el 31% en julio de este año.

La población carcelaria aumentó sistemáticamente en 2019 y a principios de este mes (diciembre 2019) la cantidad de presos era de 11.603 un máximo histórico para este dato.

"Los cuestionamientos caen por su propio peso"

En la conferencia de prensa el fiscal Díaz habló sobre el indicador de cantidad de presos como reflejo de la eficacia, en algún sentido, del nuevo sistema penal.

"Este sistema es mucho más eficaz y eficiente que el sistema anterior. Empezamos el CPP con 10.970 personas privadas de libertad, redondeando 11.000. El récord histórico había sido de 11.263 y el 1° de noviembre teníamos 11.000. Hoy en Uruguay hay más de 12.600 personas privadas de libertad. Es decir que este código que fue cuestionado como ineficiente, tomando como única variable los privados de libertad, a dos años de su implementación está en los hechos demostrando absolutamente lo contrario y va en línea con lo que siempre dijimos. No estoy muy convencido de que tener muchos privados de libertad sea bueno para el país, pero la realidad es esta, los cuestionamientos hoy caen por su propio peso", afirmó.

El fiscal general también defendió el valor del juicio abreviado en el nuevo Código del Proceso Penal.

Según el informe presentado si se comparan los datos del primer año del nuevo CPP (entre noviembre de 2017 y octubre de 2018) y el último semestre (entre mayo y octubre de 2019) se observa un aumento del porcentaje de investigaciones que concluyeron en condenas. 

El número salta de poco más del 70% a más del 84%, por el crecimiento de las condenas obtenidas en juicio abreviado y la caída de las investigaciones que terminaron en suspensión condicional del proceso, acuerdo reparatorio o archivo que bajaron del 28% a menos del 16%.

Díaz aprovechó estos datos para rechazar los argumentos de quienes sostienen que debería limitarse más en Uruguay la utilización del juicio abreviado como herramienta de los fiscales para lograr condenas.

"Ustedes habrán escuchado decir por ahí que el proceso abreviado, que era una especie de perdonatuti, que se hacían acuerdos con los delincuentes y por eso tenían penas más leves. Pues bien, sin la utilización del proceso abreviado seguramente no tendríamos estos números. Es un dato de la realidad, por eso el proceso abreviado llega al 80% de los procesos, el 3,4% va a juicio oral. La suspensión condicional del proceso que empezó con un 25% hoy está en un 14%", señaló.

"Lo que hemos visto es que el proceso abreviado ha ido in crescendo pero no a costa del juicio oral sino a costa de la suspensión condicional del proceso de los acuerdos reparatorios. Digo esto porque dos por tres escuchamos hablar de que hay que limitar el proceso abreviado porque es un perdonatuti. No es un perdonatuti, diría que el proceso abreviado es una formidable máquina de imputación penal. Por lo tanto, cuando a los tambores de la reforma se le señala que la limitación al proceso abreviado en busca de más eficacia, podemos decir exactamente lo contrario: la disminución o la restricción del proceso abreviado va a tener como única consecuencia la disminución de eficacia", agregó Dóaz.

Además el informe señala que en Chile, considerado un proceso maduro y exitoso de implementación del proceso acusatorio, el porcentaje de investigaciones que termina en juicio oral es de 3,4% mientras que en Uruguay, que lleva mucho menos tiempo con el nuevo sistema, ese guarismo alcanza el 3,6%.

Noticias relacionadas